Ayudas para la realizacion de inversiones colectivas en terrenos comunales por parte de las entidades locales de la Comunidad Autonoma de Cantabria.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S15237/12

Norma:

Orden GAN/21/2012, de 23 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/05/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular y convocar ayudas destinadas a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, para la realización de inversiones colectivas en terrenos comunales.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La inversión subvencionable sobre la que se calculará la ayuda, será como máximo la que resulte de la valoración con los módulos y cuantías siguientes:

a) Desbrozado tipo A: 250 € /Ha.

b) Desbrozado tipo B: 145 € /Ha.

c) Desbrozado tipo C: 250 €/Ha.

d) Corral y mangada: 7.500 €.

e) Abrevadero (con captación y conducción de agua): 2.000 €.

f) Barrera canadiense: 3.000 €.

g) Reparación de refugio: 4.000 €.

h) Cerramientos: 8.000 €/Km.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) El desbrozado de matorral en las condiciones establecidas en el artículo 5.

b) La construcción de corrales, mangadas y barreras canadienses o similares destinadas al manejo del ganado, incluidos los mecanismos de sujeción necesarios a tales fines.

c) El cerramiento de áreas que supongan límites de dominio, supongan un peligro para el ganado, o permitan la defensa de espacios de interés agroambiental, incluida la reparación de los mismos siempre que hayan transcurridos cinco años desde su construcción.

d) La construcción de abrevaderos y puntos de agua, incluida la captación, conducciones y obras anejas.

e) La reparación de refugios para pastores, sin que se deteriore ni modifique su estructura tradicional.

Requisitos:

a) Que cuenten en su territorio con superficies comunales inscritas en el Libro de Inventario de la Entidad y que se utilicen por el ganado en régimen de pastoreo extensivo.

b) Que tengan aprobada por la Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural, de acuerdo con el artículo 48 de la Ley de Cantabria 4/2000, de 13 de noviembre, de Modernización y Desarrollo Agrario a fecha de fi nalización del plazo de presentación de solicitudes, una norma u ordenanza de aprovechamiento de pastos, de obligado cumplimiento para todos los usuarios de los mismos. También se admitirán proyectos de ordenanzas presentadas para su aprobación en los seis meses anteriores a la publicación de la presente orden y cuya tramitación no haya caducado.

c) Que las actuaciones o inversiones que se pretenden ejecutar dispongan de las autorizaciones
o permisos pertinentes o, en su defecto, hayan sido solicitadas con anterioridad a la fecha límite para la presentación de solicitudes.

Documentos asociados

Boletín: 30/04/2012
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 83
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento