Ayudas para la realizacion de inversiones colectivas en terrenos comunales por parte de las Entidades Locales de la Comunidad Autonóma de Cantabria.

Código de ayuda:

S59937/09

Norma:

Orden DES/64/2009, de 19 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/10/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular y convocar ayudas destinadas a las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, para la realización de inversiones colectivas en terrenos comunales.

Las ayudas reguladas en esta Orden tienen por finalidad contribuir a la mejora de vida y trabajo de los ganaderos en el manejo del ganado durante la época de aprovechamiento del pasto en los montes comunales, la mejora de la competitividad de las explotaciones, así como la protección del medio ambiente.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad. (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención será del 100% de la inversión subvencionable con un límite de 12.000 euros por Entidad Local.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) El desbrozado de matorral, en las condiciones establecidas en el anexo IV.

b) La construcción de corrales, mangadas y barreras canadienses o similares destinadas al manejo del ganado, incluidos los mecanismos de sujeción necesarios a tales fines.

c) El cerramiento de áreas que supongan límites de dominio, supongan un peligro para el ganado, o permitan la defensa de espacios de interés agroambiental, incluida la reparación de los mismos siempre que hayan transcurridos cinco años desde su construcción.

d) La construcción de abrevaderos y puntos de agua, incluida la captación, conducciones y obras anejas.

e) La reparación de refugios para pastores, sin que se deteriore ni modifique su estructura tradicional.

Requisitos:

a) Que cuenten en su territorio con superficies comunales, que figuren inscritas en el Libro de Inventario de la Entidad y que sean utilizados por el ganado en régimen de pastoreo extensivo.

b) Tengan aprobada por la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Biodiversidad de acuerdo con el artículo 48 de la Ley de Cantabria 4/2000, de 13 de noviembre, de modernización y desarrollo agrario de Cantabria, a la fecha de presentación de la solicitud, una norma u ordenanza de aprovechamiento de pastos, de obligado cumplimiento para todos los usuarios de los mismos, o haber presentado, con doce meses de anterioridad a dicha fecha, proyecto al respecto.

Documentos asociados

Boletín: 02/09/2009
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 169
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento