Ayudas para la realizacion de actividades referidas al aprendizaje a lo largo de toda la vida.

Código de ayuda:

S43982/12

Norma:

DECRETO 248/2012, de 27 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de las ayudas para la realización de actuaciones que desarrollen acciones de aprendizaje a lo largo de toda la vida.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda prevista para el ejercicio de las actividades a las que se hace referencia en este
Decreto, consistirá en una subvención a fondo perdido cuya cuantía, sumada, en su caso, al resto
de aportaciones institucionales, no superará el 100% del presupuesto que resulte aprobado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

a) Los ayuntamientos y mancomunidades de municipios.

b) Las agencias de desarrollo local y comarcal, siempre que tengan personalidad jurídica
independiente.

c) Las sociedades municipales que tengan entre sus fines sociales la formación.

d) Las universidades sitas en el País Vasco, sólo para los proyectos de experimentación
establecidos en el artículo 4.2.c).

e) Entidades sin ánimo de lucro, registradas en el Registro de Asociaciones y Fundaciones del Gobierno Vasco, que desarrollen acciones en el ámbito del aprendizaje a lo largo de la vida
y, especialmente, en el de promover la ciudadanía activa, y entre cuyos fines figure la formación.

f) Centros Docentes privados autorizados que impartan enseñanzas de Formación Profesional
o de Educación de Personas Adultas.

g) Sociedades mercantiles o de economía social, que tengan entre sus fines la formación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Actividades específicas de formación, diseñadas y planificadas para dar respuesta a las
necesidades formativas de un colectivo concreto de personas previamente identificadas y
cuantificadas, excluidas aquellas actividades que puedan vincularse a la formación para el empleo y, por tanto, puedan ser objeto de financiación a través de las convocatorias de Lanbide- Servicio Vasco de Empleo.

b) Servicios de mediación de aprendizaje que desarrollen las funciones que se establecen en
el artículo 5 siguiente.

c) Proyectos de experimentación sobre nuevas metodologías de formación-aprendizaje,
transferencia intergeneracional del conocimiento, remoción de los obstáculos para acercar la
formación y potenciar el aprendizaje o cualquier otro aspecto del ámbito del aprendizaje a lo largo de la vida.

Documentos asociados

Boletín: 11/12/2012
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 238
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento