Ayudas para la realizacion de actividades formativas dirigidas a los profesionales del sector agroalimentario y del medio rural.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S13955/11

Norma:

Orden de 08/03/2011. Resolución de 08/03/2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/03/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, para la realización de actividades formativas dirigidas a los profesionales del sector agroalimentario y del medio rural.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejeria de Agricultura y Medio Ambiente. (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda concedida por beneficiario no podrá superar los 225.000 € y el límite máximo por acción formativa será de 20.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones profesionales agrarias, uniones de cooperativas agrarias del ámbito regional y otras entidades sin ánimo de lucro, directamente relacionadas con el sector agroalimentario y el medio rural y que tengan entre sus objetivos la cualificación de los profesionales del sector agrario, o alimentario y acrediten experiencia en la organización e impartición de actividades formativas destinadas a los trabajadores de estos sectores.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de actividades presenciales, ya sean cursos, jornadas o seminarios, que se desarrollen en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, cuyo objetivo sea:

- La cualificación de los profesionales del sector agroalimentario y del medio rural.

- La adaptación a las tecnologías de la información y la comunicación en el medio rural.

- La mejora de la gestión de las explotaciones agrarias, para que sean económicamente viables y ambientalmente sostenibles.

- El aprendizaje y conocimiento de técnicas tradicionales que mejoren las sostenibilidad de los sistemas agrarios.

- La divulgación de los cambios normativos que se produzcan.

- La difusión de resultados de experimentación e investigación agraria.

- Conocer la repercusión de la actividad agraria sobre el medio ambiente.

- Mejorar los conocimientos sobre sanidad vegetal y animal, bienestar animal y seguridad en el trabajo, así como sobre condicionalidad.

- La gestión sostenible de los recursos naturales, cultivos y sistemas alternativos, ahorro de energía y costes de producción, y mejora del paisaje.

Tendrán la consideración de gastos subvencionables los derivados del profesorado, de la coordinación, de la asistencia de alumnos, el alquiler de medios y equipamiento, el material didáctico, así como, otros costes necesarios para el desarrollo de las actividades expresadas en el artículo 4, siempre que estén previstos en el plan financiero de la actividad aprobado, y cuyo importe sea adecuado al servicio prestado o al material necesario en los supuestos y con los límites previstos en el anexo I, sin que pueda superarse en ningún caso el 100% de la actividad formativa.

Requisitos:

a) Tener el domicilio fiscal en el territorio de Castilla-La Mancha.

b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

c) No estar incurso en las circunstancias señaladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) No estar incursa la persona física, los administradores de sociedades mercantiles o aquellos que ostentan la representación legal de otras personas jurídicas en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

e) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales así como no haber sido sancionado, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 16/03/2011
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 52
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/03/2011
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 52
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento