Ayudas para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el marco del programa de acción comunitario «La juventud en acción», del Instituto de la Juventud.- Convocatoria 2013.- Modificación.

Código de ayuda:

S02128/10

Norma:

Orden IGD/3645/2009, de 29 de diciembre. Resolucion de 14 de enero de 2010. Resolución de 7 de diciembre de 2010. Orden SPI/3337/2011, de 23 de noviembre. Resolución de 10 de enero de 2012. Resolución de 5 de diciembre de 2012. Resolución de 21 de enero de 2013.

Plazo de Solicitud:

Según fecha comienzo de proyectos: 1) Hasta el 1/02/2013; 2) Hasta el 02/05/2013; 3) Hasta el 01/10/2013.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas de carácter plurianual correspondientes al año 2013, de acuerdo con la estimación de créditos para los años 2013 y 2014 y conforme a lo establecido en las bases reguladoras citadas para la concesión de ayudas a proyectos en el marco del Programa de acción comunitario «La Juventud en acción».

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Juventud

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según acción y CCAA.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas representantes de un grupo de jóvenes no asociados y las entidades u organizaciones que concurran a la presente convocatoria siempre que reúnan los requisitos establecidos y teniendo en cuenta las obligaciones de las personas o entidades beneficiarias a que se refiere el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Acción 1, «La juventud con Europa», que apoya las siguientes Sub-acciones:

Sub-acción 1.1, «Intercambios juveniles», que ofrecen a grupos de jóvenes de diferentes países la posibilidad de encontrarse y conocer mejor sus culturas respectivas.

Sub-acción 1.2, «Iniciativas juveniles», que ofrecen apoyo a proyectos de grupos diseñados a nivel local, regional y nacional, así como los proyectos en red similares entre diferentes países, con el fin de reforzar el aspecto europeo y de ampliar la cooperación y el intercambio de experiencias entre jóvenes.

Sub-acción 1.3, «Proyectos de democracia participativa», que apoyan la participación de jóvenes en la vida democrática de su comunidad local, regional o nacional, y a nivel internacional.

b) Acción 2, «Servicio voluntario europeo», cuyo objetivo es fomentar la participación de jóvenes en distintas formas de actividades de voluntariado, dentro y fuera de la UE.

c) Acción 3, «La juventud en el mundo», que respalda la siguiente sub-acción Sub-acción.1, «Cooperación con los países vecinos de la Unión Europea», que apoya dos tipos de proyectos con los países vecinos asociados: intercambios juveniles y proyectos de formación y en red en el ámbito de la juventud.

d) Acción 4, «Sistemas de apoyo a la juventud», que respalda la siguiente sub-acción:

Sub-acción 4.3, «Formación y proyectos en red de trabajadores juveniles y organizaciones juveniles», que respalda las actividades de formación de trabajadores juveniles en activo y organizaciones juveniles, en especial, el intercambio de experiencias, conocimientos y buenas prácticas, así como actividades que puedan conducir a proyectos de calidad de larga duración, asociaciones y proyectos en red.

e) Acción 5, «Apoyo a la cooperación europea en el ámbito de la juventud», que respalda la siguiente sub-acción:

Sub-acción 5.1, «Encuentros de jóvenes y responsables de políticas de juventud», que respalda la cooperación, la celebración de seminarios y el diálogo estructurado entre jóvenes, trabajadores juveniles y responsables de políticas de juventud.

Requisitos:

- Requisitos para las Personas Jurídicas:

a) Estar debidamente inscritas en el correspondiente Registro Administrativo.

b) Haber justificado, en su caso, suficientemente, las ayudas económicas recibidas con anterioridad del Ministerio de Igualdad así como de ayudas recibidas en el marco de los programas de acción comunitario «Juventud» o «La Juventud en Acción».

c) Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria para ello.

d) Tendrán la consideración de personas jurídicas a estos efectos:

1. Las organizaciones sin ánimo de lucro y asociaciones legalmente establecidas.

2. Los Organismos Públicos a nivel local, regional o nacional, implicados en el trabajo juvenil.

3. Los grupos de jóvenes. En este caso, uno/a de los/as jóvenes del grupo (el o la representante de dicho grupo) asumirá la responsabilidad de presentar la solicitud y de firmar la declaración de compromiso de la ayuda en caso de concesión.

- Requisitos comunes a las personas físicas y a las jurídicas:

a) Cumplir los requisitos establecidos en el Programa «La juventud en acción», tanto en la Decisión número 1719/2006/CE, la Orden IGD/3645/2009 de 29 de diciembre como en la Guía del Programa y, supletoriamente, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento.

b) Cumplir los requisitos y obligaciones que, para obtener la condición de beneficiario/a de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley General de Subvenciones.

c) Residir o estar constituido legalmente en España.

d) Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social. A tal fin, la presentación de la solicitud conllevará la autorización del/la solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de hallarse al corriente de tales obligaciones a través de certificados telemáticos, en cuyo caso el/la solicitante no deberá aportar las correspondientes certificaciones.

Documentos asociados

Boletín: 13/01/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 11
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/01/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 13
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Boletín: 14/01/2011
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Boletín: 05/12/2011
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Boletín: 07/02/2013
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