Ayudas para la realización de actividades dirigidas a promover el conocimiento y el acomodo de la diversidad religiosa en un marco de diálogo, fomento de la convivencia y lucha contra la intolerancia y el discurso de odio para el año 2020.

Código de ayuda:

S36300/20

Norma:

Resolución de 2 de julio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de octubre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 10.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Convocatoria tiene por objeto regular el régimen de concesión, en todo el territorio español, de ayudas económicas para la realización de actividades dirigidas a promover el conocimiento y el acomodo de la diversidad religiosa en un marco de diálogo, fomento de la convivencia y lucha contra la intolerancia y el discurso de odio, para el año 2020.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES E IGUALDAD ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La FPyC financiará hasta un máximo del 75% del coste total del proyecto, sin superar en todo caso la cantidad de 10.000 euros.

2. El importe de la ayuda no podrá superar, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, el coste total del proyecto financiado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar estas ayudas todos los Ayuntamientos, Universidades y Entidades sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos de la cláusula tercera de la convocatoria. Quedan excluidas de esta Línea de Ayudas aquellas entidades que puedan concurrir a las Convocatorias de Ayudas de Línea 1 y Línea 2 de la Fundación Pluralismo y Convivencia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Estudios y proyectos de investigación.

b) Publicaciones inéditas o traducciones de obras.

c) Acciones formativas.

d) Actividades de comunicación y/o de sensibilización.

e) Organización de congresos, seminarios, jornadas, ciclos de conferencias

u otras actividades afines.

Requisitos:

a) no estar incursas en alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones;

b) encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y de la Seguridad Social;

c) disponer de los medios y la capacidad para realizar el proyecto para el que se solicita la ayuda;

d) presentar proyectos que se adecuen al objeto de la presente Convocatoria;

e) entregar toda la documentación en los plazos indicados en la presente Convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 18/07/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 196
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 18/07/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 196
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento