Ayudas para la realizacion de actividades de formacion, informacion y divulgacion relacionadas con la seguridad nuclear y la proteccion radiologica.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S11582/11

Norma:

Resolución de 16 de febrero de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/04/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas financieras para la realización de actividades de formación, información y divulgación, relacionadas con el ámbito de competencia del Organismo, esto es, en materias de seguridad nuclear y protección radiológica, como la realización de cursos, seminarios, congresos, jornadas de estudio, publicaciones, elaboración de material divulgativo y otras análogas.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Consejo de Seguridad Nuclear ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima aprobada dentro de este programa específico para cada proyecto o actuación no superará los 12.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las instituciones privadas sin ánimo de lucro, los establecimientos educacionales dedicados a la enseñanza
superior y a la investigación que lleven a cabo las funciones descritas en el artículo uno de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, así como sus fundaciones asociadas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos relacionados con el desarrollo y ejecución de las actividades para las que hayan sido
concedidas.

En el presupuesto de los proyectos las ayudas podrán aplicarse a los siguientes conceptos:

a) Costes de personal: Costes ocasionados por la participación directa en el proyecto, tanto de personal vinculado estatutaria o contractualmente de forma permanente con la Entidad solicitante, como del contratado temporalmente o en régimen de formación, que podrá incorporarse al proyecto durante todo o parte del tiempo de duración previsto, en dedicación parcial o total.

b) Otros costes: Gastos de viajes, dietas, locomoción, gastos derivados de colaboraciones y servicios externos, gastos de material fungible, gastos de promoción y difusión, organización de jornadas y reuniones, material bibliográfico cánones de las Universidades, etc. y, en general, aquellos otros que tengan una relación directa con el programa o actividad y se puedan justificar.

Requisitos:

Los beneficiarios deberán llevar a cabo programas o actuaciones relacionados con las actividades mencionadas, siempre que no concurra en dichas entidades ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 07/03/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 56
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento