Ayudas para la realización de actividades de carácter audiovisual promovidas por los ayuntamientos, entidades dependientes de éstos y entidades sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana para el año 2010.

Código de ayuda:

S46564/08

Norma:

RESOLUCION de 15 de abril de 2008. RESOLUCION de 1 de junio de 2009. RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/07/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar concurso para la concesión de ayudas para la realización de actividades audiovisuales en los municipios de la Comunitat Valenciana para el 2010 y se aprueban las bases de la convocatoria, que se
incluyen como anexo I a esta resolución.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Instituto Valenciano de Cinematografía (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe global máximo de las ayudas que se concedan para este fin será de 57.100 euros, incluidos en la línea de subvención SE000052 del capítulo IV del presupuesto del Instituto Valenciano del Audiovisual y de la Cinematografía Ricardo Muñoz Suay para 2010.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar estas ayudas las corporaciones locales de la Comunitat Valenciana y los organismos dependientes de las mismas que realicen exhibiciones, certámenes, muestras o festivales audiovisuales en
2010 y las entidades sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana que realicen festivales cinematográficos con una trayectoria consolidada.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La realización de actividades de carácter audiovisual promovidas por los ayuntamientos, entidades dependientes de éstos y entidades sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana durante el año 2010.
No se podrá conceder más de una ayuda por solicitante.

Se considerarán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y que se realicen en el plazo establecido.

Requisitos:

Las actividades para las que se solicite la ayuda serán exclusivamente de exhibición audiovisual. Será obligatorio que se realicen exhibiciones audiovisuales en valenciano. No se podrá conceder más de una ayuda por solicitante.

Documentos asociados

Boletín: 20/06/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5789
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 03/07/2009
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6049
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 22/06/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6294
Documento: Convocatoria 2010 yAnexos. Descargar Documento