Ayudas para la realización de actividades complementarias para el alumnado escolarizado en centros específicos de educación especial sostenidos con fondos públicos.

Código de ayuda:

S43291/08

Norma:

ORDEN de 21 de mayo de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/07/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convoca un concurso de ayudas económicas para la realización de actividades complementarias, programadas para el alumnado escolarizado en centros específicos de educación especial sostenidos con fondos públicos, ubicados en la Comunitat Valenciana.

Su objeto será el desarrollo de las habilidades sociales necesarias para la integración del alumnado con necesidades educativas especiales.

Se aprueban las bases por las que se regirá la convocatoria, que figuran en el anexo I de la presente orden, así como los modelos de solicitud, en los que se incluirán la relación de alumnos y alumnas
participantes, los datos del centro y del profesorado acompañante así como la autorización de los padres, madres o tutores legales para asistir a la actividad complementaria.

Estas actividades se desarrollarán durante el curso escolar 2007-08.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Educación (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas concedidas financiarán parcialmente los gastos que se generen derivados del costo individualizado de las actividades complementarias realizadas por el alumnado. En todo caso, la cantidad
concedida no podrá exceder el total de los gastos generados por el desarrollo de las mismas.

Estas ayudas se financiarán con cargo al capítulo IV, programa 421.30, línea T3154000 de los presupuestos de la Generalitat para el año 2008, por un importe global máximo de 46.200 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los centros públicos y privados concertados presentarán una solicitud, así como el proyecto de realización de una o varias actividades complementarias, previstas en su programación general anual.

El modelo de solicitud será suscrito por el director o directora del centro público o por el titular del centro concertado, según el caso.

En dicha solicitud se priorizarán las actividades en caso de presentar más de una.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A los efectos de esta orden, se definen como actividades complementarias, las que, figurando en el programa de aprendizaje del alumnado, se realizan fuera del centro, preferentemente durante el horario lectivo, o fuera del periodo lectivo en casos excepcionales derivados de la propia actividad.

La presente convocatoria está destinada a favorecer mediante una ayuda económica, el acceso a las actividades complementarias de los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales escolarizados en centros específicos de educación especial sostenidos con fondos públicos, ubicados en la Comunitat Valenciana.

Sus objetivos prioritarios son:

a) Incrementar el nivel de independencia del alumno o alumna en lo referido a autonomía personal (higiene, limpieza personal, vestido y alimentación).
b) Convivir y colaborar con las personas de su entorno siguiendo las normas básicas de convivencia.
c) Utilizar adecuadamente los recursos comunitarios: transporte, teléfono público, correos, información y otros.
d) Planificar y participar en actividades de ocio y tiempo libre.
Podrán incluirse las actividades que tengan previstas realizar los centros específicos de educación especial durante el presente curso académico con carácter periódico o en alternancia (natación, competiciones
deportivas, etc.) así como la asistencia a jornadas de intercambio, ferias, exposición de trabajos, u otras actividades educativas.

Deberán tener una duración superior a un día y podrán ser de realización periódica o continuada.

El pago de las ayudas se hará una vez justificada la realización de las actividades.

Entidades colaboradoras: participantes Podrán participar todos los centros específicos de educación especial sostenidos con fondos públicos, ubicados en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, que hayan programado actividades complementarias para su alumnado.

Requisitos:

Los centros públicos dependientes de la conselleria de Educación que reciban la asignación en concepto de ayudas para actividades de alumnos deberán justificarlo según lo previsto en la Orden de 18 de mayo de 1995 de la conselleria de Cultura, Educación y Ciencia (DOGV de 9 de junio).

Documentos asociados

Boletín: 09/06/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5780
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento