Ayudas para la realización de Proyectos de Servicios Sociales.

Código de ayuda:

S18846/05

Norma:

Acuerdo del 13 de abril de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 24/05/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones para la realización de proyectos o actividades de intervención en los siguientes sectores y
con los siguientes objetivos:
1.1 Familia.
1.2 Infancia y Adolescencia.
1.3 Mayores.
1.4 Mujer.
1.5 Personas con Discapacidad.
1.6 Inmigrantes.
1.7 Gitanos.
1.8 Otros Colectivos en situación de Exclusión Social.
1.9 Movimiento Asociativo y Voluntariado.
(Consultar Bases para ampliar información).

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Ayuntamiento de Murcia (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades sin ánimo de lucro con establecimiento en el municipio de Murcia, que recojan en sus fines estatutarios la realización de actividades dirigidas a alguno de los colectivos que son objeto de la presente convocatoria.

Las organizaciones que opten a estas ayudas deberán garantizar previamente que disponen de la capacidad de financiar por cualquier medio la diferencia entre la subvención solicitada a este Ayuntamiento y la totalidad del proyecto.

Quedan excluidos de la presente convocatoria las entidades a que se refiere el apartado primero que durante el año 2005 vayan a suscribir un convenio de carácter económico con la Concejalía de Bienestar Social y Promoción de la Igualdad.
Dichas entidades, deberán cumplir con las condiciones y requisitos a los que se refieren los artículos 5º y 6º de las presentes Normas Reguladoras.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Gastos subvencionables:
Se consideran gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, y se realicen en el plazo que para la ejecución del proyecto se establece en el art. 13 de las presente Convocatoria.
Los gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales y registrales, los gastos periciales para la realización del proyecto o actividad subvencionada y los de administración específicos, son subvencionables si están directamente relacionados con la actividad subvencionada y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución de la misma.

En ningún caso serán subvencionables:
a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
b) Intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
c) Los gastos de procedimientos judiciales.
d) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.
e) Impuestos personales de la renta.
f) Gastos de actividades de inversión.

Requisitos:

a) Tener personalidad jurídica y capacidad de obrar y estar debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones, o cualquier otro de carácter público.
Además, en el caso de Asociaciones de las que regula la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, deberá acreditarse la adaptación de los Estatutos y la notificación efectuada al Registro correspondiente, conforme a lo establecido en la disposición transitoria primera de la citada Ley.
b) Tener sede abierta en el municipio, y estar inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones Ciudadanas del Ayuntamiento de Murcia, antes de la Convocatoria.
c) Para las entidades que presenten proyectos referidos a algunos de los sectores de población que se contemplan en el art. 10 de la ley 3/2003, de 10 de abril, reguladora del sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia, estar inscritas o en trámite de inscripción en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales de la Región de Murcia, en el epígrafe correspondiente
para el que soliciten subvención.
c) No perseguir fines de lucro ni depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas o de Administraciones Públicas.
d) Disponer de estructura suficiente y de medios humanos y materiales para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales y poder acreditar la experiencia y la capacidad operativa que resulten necesarias para el logro de los objetivos propuestos en el proyecto.
e) Tener como fines institucionales la realización de actividades coincidentes con el objeto de la presente convocatoria y en especial con cada uno de los sectores para los que presente proyecto, definidos en el art. 1º de la misma.
f) Estar al día de las cotizaciones a la Seguridad Social y en las obligaciones tributarias, según lo dispuesto en la legalidad vigente.
g) No ser deudora por ningún concepto a la Hacienda Municipal.
h) Tener justificadas las subvenciones otorgadas por este Ayuntamiento en ejercicios anteriores.

Documentos asociados

Boletín: 25/04/2005
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 93
Documento: Convocatoria 2005 y Solicitud Descargar Documento