Ayudas para la realización de Proyectos de Investigación Básica y/o Aplicada para el periodo 2021-2023,y ayudas a la Investigación e Innovación Tecnológica, con cargo a los fondos previstos para acciones Universidad-Empresa, para el período 2021-2022.

Código de ayuda:

S55382/20

Norma:

ORDEN de 7 de octubre de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de noviembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 50.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas económicas para la realización de proyectos de investigación.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El máximo financiable establecido para cada proyecto en cualquiera de las dos líneas subvencionales será de 50.000 euros, entendiéndose que en la modalidad 2 de la línea PIBA, dos o más entidades colaboran en un único proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Cada una de las líneas está dirigida a distintos tipos de entidades beneficiarias, que deberán ser, en todo caso, entidades investigadoras que se encuentren acreditadas en el Registro de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación (en adelante RVCTI) contemplado en el artículo 28 del Decreto 109/2015, de 23 de junio, por el que se regula y actualiza la composición de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación. Las entidades solicitantes deberán figurar en el mencionado registro en las categorías indicadas a continuación, a la fecha de cierre del plazo de solicitud y hasta el final del periodo de ejecución de la ayuda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

– Modalidad 1: Proyectos de equipos de investigación de una única entidad.

– Modalidad 2: Proyectos en Cooperación en los que participen equipos de personas investigadoras de diferentes entidades en un mismo proyecto. Todas las entidades participantes, que deberán ser entidades contempladas en el artículo 3, actuarán cada una de ellas como solicitante, con solicitudes individuales, y la colaboración se considerará solo a los efectos de un mismo proyecto, tanto para su evaluación como para su ejecución.

Documentos asociados

Boletín: 26/10/2020
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 210
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento