Ayudas para la realización de Proyectos de Desarrollo Tecnológico, Innovación y Transferencia deTecnología en cooperación entre grupos investigadores regionales y empresas radicadas en Extremadura.

Código de ayuda:

S33891/05

Norma:

Decreto 141/2005, de 7 de junio. ORDEN de 6 de abril de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/06/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas, cofinanciadas en un 25% por la Junta de Extremadura y en un 75% por el FEDER, para la realización de proyectos de desarrollo tecnológico, innovación o transferencia de tecnología en los que participen grupos de investigadores de la UEx, los OPls, Centros Tecnológicos u Organismos de intermediación pertenecientes al Sistema de Ciencia, Tecnología, Economía y Sociedad de Extremadura conjuntamente con empresas radicadas en Extremadura.

Categorías Subvención

  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Tecnológico (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de las ayudas para ambas modalidades será de 120.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Para la Modalidad A: los Organismos y Entes pertenecientes al Sistema de Ciencia, Tecnología, Economía y Sociedad, públicos o privados sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y finalidad investigadora.

Para la Modalidad B: los Organismos de Intermediación incluidos en el III PRI+D+I (2005-2008).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas a conceder podrán ser de dos modalidades diferentes:
Modalidad A
Proyectos a realizar en cooperación entre un grupo de investigación perteneciente a uno de los Organismos y Entes que integran el Sistema de Ciencia, Tecnología, Economía y Sociedad de Extremadura,
públicos o privados sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y finalidad investigadora, y una o más empresas privadas, o una Organización empresarial, que tengan su sede social, o su centro de trabajo, en Extremadura.
Modalidad B
Proyectos coordinados por uno de los Organismos de Intermediación recogidos en el III PRI+DT+I (2005-2008) y realizados en coordinación por un grupo de investigación cuyos componentes pertenezcan a uno o más Organismos o Entes pertenecientes al Sistema de Ciencia, Tecnología, Economía y Sociedad de Extremadura, y una o más empresas privadas, o una Organización empresarial, que tengan su sede social, o su centro de trabajo, en Extremadura.

Las ayudas irán destinadas a cubrir los siguientes gastos, siempre que estén directamente relacionados con la ejecución del proyecto:
a) Retribución de un técnico de apoyo contratado, ajeno a la plantilla de los organismos y empresas participantes, que podrá incorporarse al proyecto durante todo o parte del tiempo de su duración, siempre que se justifique su necesidad.
Si el técnico de apoyo no tuviese una dedicación completa a la ejecución del proyecto, solo será susceptible de ayuda el tiempo dedicado al proyecto.
b) Estancias temporales de investigadores del grupo en la empresa participante.
Estas estancias deberán estar justificadas en el proyecto y, por otra parte, deben estar reflejadas en el convenio o contrato firmado entre los Organismos participantes y la o las empresas.
c) Instrumental de laboratorio, equipamientos de producción preindustrial o para plantas pilotos, imprescindibles para la ejecución del proyecto y que podrán ser instalados, según las necesidades del proyecto, en los Organismos a los que pertenece el grupo investigador o en las empresas.
La propiedad de este equipamiento será del Organismo que, en su caso, deberá incorporarlo a su inventario.
d) Material fungible, no pudiéndose incluir aquel que sea proporcionado por las empresas participantes en el proyecto.
e) Viajes y dietas del personal participante en el proyecto y que estén directamente relacionados con la ejecución del proyecto.
Estos gastos en ningún caso podrán duplicarse con los de las dietas o indemnizaciones por razón de servicio a que tuviesen derecho aquellos participantes pertenecientes a Administraciones Públicas o entes públicos dependientes de las mismas.
f) Otros gastos necesarios para el proyecto, como gastos de mantenimiento del equipamiento utilizado para el proyecto, adquisición de derechos de propiedad industrial, registro de patentes, asistencias técnicas, etc., pasando a propiedad del Organismo.
g) Costes indirectos como compensación de los gastos ocasionados por la gestión del proyecto a los beneficiarios.
El importe de estos costes estará en relación con la dificultad de gestión que tenga el proyecto y, en ningún caso, podrán superar el 10% del presupuesto aprobado.

Documentos asociados

Boletín: 14/06/2005
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 68
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 25/03/2006
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 36
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 15/04/2006
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 44
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento