Ayudas para la realización de Acciones de Formación en materia de Seguridad y Salud Laboral.

Código de ayuda:

S06764/03

Norma:

Orden EYE/1686/2003, de 15 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/01/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de Acciones de Formación de trabajadores, empresarios, autónomos, mandos intermedios y Delegados de Prevención en materia de Seguridad y Salud Laboral, previstas en el Acuerdo para la Prevención de Riesgos Laborales en Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Podrá alcanzar hasta el 100% del coste elegible de las acciones, de acuerdo con sus módulos económicos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

- Organizaciones Sindicales y Empresariales firmantes del Acuerdo para la Prevención de Riesgos Laborales en Castilla y León, período 2003-2005.
- Pequeñas y medianas empresas para sus centros de trabajo domiciliados en Castilla y León, siempre que tengan realizada la evaluación de riesgos laborales y acrediten la modalidad de la gestión preventiva adoptada.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de personal docente relativos exclusivamente a la impartición de clases, hasta 48 euros/hora lectiva en formación presencial y hasta 36 euros/hora lectiva en formación a distancia.
b) Viajes de alumnos abonados por trayectos de carácter interurbano, derivados de la asistencia a clase, por un importe máximo de 0,14 euros/kilómetro. La cuantía máxima por este concepto no superará los 150 euros por cada alumno que realmente efectúe tales desplazamientos.
c) Consumos, equipamientos y edificios que, en conjunto, no sobrepasarán los 35 euros/hora lectiva.
Consumos comprende el material didáctico entregado a los alumnos y necesario para la formación (incluido equipo de protección individual).
Equipamientos se refiere al alquiler o amortización de equipos limitados a la duración de la acción formativa.
Edificios son los alquileres de locales correspondientes al período de realización de la acción formativa.
d) Otros gastos, que, en conjunto, no sobrepasarán los 40 euros/hora lectiva:
-Publicidad.
-Personal de dirección: coordinación, incluidos gastos de desplazamiento.
-Personal auxiliar.
-Personal de limpieza.
-Material de oficina.
-Gastos corrientes y de gestión (teléfono, fax, luz, correo, material de limpieza y otros suministros o servicios externos necesarios para la actividad).
-Diplomas o certificados.

Requisitos:

Diversa documentación legal.

Documentos asociados

Boletín: 22/12/2003
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 247
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 22/12/2003
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 247
Documento: Anexos Descargar Documento