Ayudas para la puesta en marcha de casas nido.- Convocatoria para los años 2016, 2017, 2018 y 2019.

Código de ayuda:

S15828/16

Norma:

ORDEN de 6 de mayo de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23 de junio de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de ayudas para la puesta en marcha de experiencias piloto destinadas a la atención de niñas y niños de hasta tres años de edad, mediante el establecimiento de una casa nido en los núcleos rurales del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia en los que no exista ningún otro recurso de atención continuada a la infancia de hasta tres años de edad.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Politica Social (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

A las subvenciones objeto de esta convocatoria se destina un presupuesto total de dos millones quinientos ocho mil doscientos cuarenta y cinco euros (2.508.245 €), de ellos 450.000 € son para gastos de inversión y 2.058.245 para el desarrollo del proyecto piloto en las anualidades 2016, 2017, 2018 y 2019.

La partida destinada a la financiación de gastos de inversión estará cofinanciada al 80 % con fondos del programa operativo de Galicia 2014/2020, eje prioritario10, prioridad de inversión 05, objetivo específico 01.

Las ayudas para gastos de inversión consistirán en una subvención de hasta el 100 % de los gastos elegibles, con un límite máximo global por casa nido de 15.000 euros.

La ayuda por el desarrollo del proyecto piloto consistirá en una aportación económica de 19.600 €/año en forma de prima destinada a apoyar esta iniciativa emprendedora en el inicio de su andadura. Este importe se minorará proporcionalmente en el año 2016 en función de los meses efectivos de desarrollo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas para poner en marcha una casa nido las personas físicas y las cooperativas de trabajo asociado.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Serán subvencionables al amparo de esta convocatoria las siguientes actuaciones:

a) La reforma y adaptación de la vivienda destinada a servir de casa nido, así como su equipamiento y dotación material en los términos previstos en el artículo 4 de esta orden.

b) La prestación de la atención personalizada de niños y niñas de 03 años en las condiciones previstas en el artículo 2 de esta orden.

2. Los gastos previstos en la letra a) del punto 1 de este artículo para ser subvencionables deberán ser necesarios y corresponderse indubitablemente a la operación cofinanciada.

Asimismo, deberán estar pagados con anterioridad a la finalización del período de justificación previsto para la anualidad 2016 en esta base reguladora.

3. Los gastos previstos deberán ser especificados en la solicitud, con su planificación por anualidades teniendo en cuenta que las inversiones sólo serán elegibles en 2016.

4. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 69.3 c) del Reglamento (UE) núm. 1303/2013, no se considera subvencionable el impuesto sobre el valor añadido.

Requisitos:

a) Estar en posesión o contar, al menos, con una persona socia que lo esté, en el caso de cooperativas de trabajo asociado, de cualquiera de las titulaciones que se recogen a continuación, o equivalentes, o de la formación o experiencia siguientes:

– Técnico/a superior en educación infantil.

– Grado en maestro/a de educación infantil/educación primaria.

– Grado en pedagogía, psicología o educación social.

– Diploma que acredite haber realizado el curso de formación integral o el curso de formación complementaria para futuros/as profesionales de las casas nido impartidos por la Xunta de Galicia.

– Formación acreditada en áreas relacionadas con la atención a la infancia y cuidados infantiles o experiencia profesional acreditada en este ámbito.

b) Residir en un núcleo rural en el que no exista ningún recurso de atención continuada a la infancia de hasta tres años de edad, o haberlo hecho con anterioridad a la puesta en marcha de la experiencia piloto.

c) Contar con una vivienda en un núcleo rural en el que no exista ningún recurso de atención continuada a la infancia de hasta tres años de edad, o disponer de ella con anterioridad a la puesta en marcha de la experiencia piloto.

d) Disponer de un plan de actuación con los niños/as para atender eventuales emergencias que se puedan producir en la casa nido.

e) Establecerse como empresaria/o autónoma/o o constituir una cooperativa de trabajo asociado.

f) Acreditar una revisión médica anual. En el caso de cooperativas de trabajo asociado esta revisión médica deberá estar referida a la/s persona/s socia/s que desarrollen el proyecto piloto.

Documentos asociados

Boletín: 23/05/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 96
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 23/05/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 96
Documento: Convocatoria (Extracto) Descargar Documento