Ayudas para la provisión del conjunto de equipamiento activo e infraestructura auxiliar necesaria para dotar de servicios de comunicaciones móviles con tecnología 5G a zonas donde no hay señal de presencia de redes móviles 4G/5G de ningún operador y primera convocatoria (5G Redes muy rurales).
Código de ayuda:
S22164/26Norma:
Orden TDF/812/2026, de 28 de julio.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de las bases reguladoras de la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la provisión del conjunto de equipamiento activo y, en su caso, la infraestructura adicional necesaria para la cobertura con tecnología 5G, y con ello la prestación de servicios 5G, en aquellas zonas geográficas en las que no hay señal de presencia de ninguna red móvil 4G o 5G, o cuyo despliegue no esté previsto en condiciones comerciales en el plazo de tres años en cada uno de los ámbitos de concurrencia (en adelante, bases reguladoras).Categorías Subvención
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
EspañaConvoca:
Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La ayuda máxima que se podrá solicitar por proyecto en cada ámbito de concurrencia no podrá superar las dotaciones asignadas ni las intensidades máximas de ayuda establecidas para ese ámbito en la correspondiente convocatoria.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Empresas (más de 250 empleados)
- Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Universidades públicas.Organismos Públicos de Investigación (OPI).
Otros Centros Públicos de I+D con personalidad jurídica propia.
Centros Tecnológicos de ámbito estatal.
Empresas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Creación de infraestructuras de investigación.Mejora de infraestructuras de investigación existentes.
Creación de infraestructuras de ensayo y experimentación.
Mejora de infraestructuras de ensayo y experimentación.
Inteligencia Artificial.
Tecnologías cuánticas.
Semiconductores avanzados.
Ciberseguridad.
5G/6G y conectividad avanzada.
Computación de alto rendimiento.
Robótica y sistemas autónomos.
Drones.
Tecnologías espaciales.
Requisitos:
Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.No tener obligaciones de reintegro pendientes de subvenciones.
No estar incursos en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
Las empresas y centros tecnológicos no pueden tener la consideración de empresa en crisis.
Las empresas deben acreditar cumplimiento de plazos de pago cuando la ayuda supere 30.000 €.
La solicitud debe presentarse individualmente (no se admiten consorcios ni UTE).
Documentos asociados
Boletín:
01/08/2026
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 187
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 187
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