Ayudas para la promocion del vino en los mercados de terceros paises para el programa de apoyo 2014-2018.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S02437/14

Norma:

Orden de 21/01/2014. Real Decreto 548/2013, de 19 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/02/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar en el año 2014, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas para la promoción del vino en mercados de terceros países como medida incluida en el Real Decreto 548/2013, de 19 de julio, para la aplicación de las medidas del Programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola español ( B.O.E: nº 173, de 20/07/2013).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Según lo establecido en el artículo 45 del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17/12/2013, la contribución comunitaria para las actividades de promoción no podrá ser superior al 50% de los gastos subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas vinícolas.

b) Las organizaciones de productores y organizaciones interprofesionales definidas en los artículos 152 y 157 del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo.

c) Los órganos de gestión de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas vínicas.

d) Las asociaciones de exportadores y consorcios de exportación, participados exclusivamente por empresas del sector vitivinícola.

e) Las entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas exclusivamente por empresas del sector vitivinícola que tengan entre sus fines la promoción exterior de los vinos.

f) Asimismo, y en caso de existir suficiente disponibilidad de presupuesto, tras la aprobación de los programas correspondientes a los tipos de beneficiarios antes indicados, podrán considerarse también beneficiarios los organismos públicos con competencia legalmente establecida para desarrollar actuaciones de promoción de productos y mercados en terceros países.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las medidas de promoción de los productos de calidad detallados en el Anexo I destinados al consumo directo, que cuenten con posibilidades de exportación o de nuevas salidas comerciales en
terceros países, que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías:

a) Vinos con denominación de origen protegida.

b) Vinos con indicación geográfica protegida.

c) Vinos en los que se indique la variedad de uva de vinificación.

Requisitos:

a) De conformidad con el artículo 8.1 del Real Decreto 548/2013, de 19 de julio, deberá tener el domicilio fiscal en el territorio de Castilla-La Mancha.

b) Tener suficiente capacidad técnica y financiera para afrontar las exigencias de comercio con los terceros países y medios para asegurar que la medida se implementa lo más efectivamente posible.

c) El compromiso de la organización o empresa proponente de garantizar la financiación para toda la duración del programa.

d) Tener disponibilidad en cantidad y calidad de productos para asegurar la respuesta frente a las demandas que se puedan generar como efecto de la promoción realizada.

e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

f) No estar incurso en las circunstancias señaladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 20/07/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 173
Documento: Decreto 548/2013, de 19 de julio. Descargar Documento
Boletín: 24/01/2014
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 16
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento