Ayudas para la promoción del libro español en América.

Código de ayuda:

S00855/04

Norma:

Resolución de 19 de diciembre de 2003.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/03/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan para el año 2004 ayudas dirigidas a empresas editoriales para la promoción del libro español en América.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención podrá financiar hasta un máximo del 90%
del coste total de cada actividad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán concurrir a estas ayudas las empresas editoriales, ya sean personas físicas o jurídicas, de nacionalidad española o de otros estados miembros de la Unión Europea o asociados al Espacio Económico Europeo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Presencia en Ferias Internacionales.

- Elaboración de catálogos editoriales, boletines de novedades y folletos informativos destinados específicamente a los mercados americanos y la implantación de páginas web en Internet.

- Desarrollo de proyectos de promoción de productos editoriales.

- Quedan excluidos expresamente los gastos ordinarios correspondientes a las retribuciones del personal fijo y eventual laboral de las empresas beneficiarias, así como la realización de todo tipo de obras en inmuebles.

Requisitos:

a) La empresa deberá estar legalmente constituida.

b) Acreditar que se hallan al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social durante los doce meses anteriores a la solicitud, sin perjuicio de lo establecido en el punto 4.2 sobre certificaciones telemáticas de la Agencia Estatal para la Administración Tributaria.

c) No haber sido condenados a la pena a la que se refiere el artículo 305.1 del Código Penal o sancionados por las infracciones previstas en el artículo 82 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria.

d) Desarrollar una labor editorial ininterrumpida de dos años como mínimo en la fecha de publicación de esta convocatoria.

e) Acreditar que, durante los dos últimos años, como mínimo, ha comercializado fondos editoriales en el exterior.

Las empresas editoriales extranjeras sólo deberán cumplir los requisitos mencionados en las letras a), d) y e).

- Quedan excluidos expresamente de las ayudas reguladas en esta
Resolución:

a) Los proyectos de actividades que tengan proyección distinta al ámbito geográfico establecido en el objeto de la presente convocatoria.

b) Las empresas de publicaciones periódicas.

Documentos asociados

Boletín: 14/01/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 12
Documento: Convocatoria Descargar Documento