Ayudas para la promocion de nuevas tecnologias en maquinaria y equipos agrarios, se establece el plan de innovacion tecnologica de Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S35791/12

Norma:

Orden de 14/09/2012. Real Decreto 456/2010, de 16 de abril. Resolución de 12/11/2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/12/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas para el ejercicio 2013, reguladas por la Orden de 14/09/2012, de la Consejería de Agricultura (en adelante Orden de bases), por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la promoción de nuevas tecnologías en maquinaria y equipos agrarios y se establece el plan de innovación tecnológica de Castilla-La Mancha para 2013( DOCM nº 189, de 26/09/2012).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención, condicionado a la existencia de crédito presupuestario, no podrá exceder de 50.000 euros por solicitud, calculándose mediante la aplicación, a la inversión proyectada, de unos porcentajes variables en función del tipo de beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las sociedades cooperativas del ámbito agrario y sus agrupaciones o uniones, y las sociedades agrarias de transformación (SATs).

b) Las Agrupaciones de Tratamiento Integrado en Agricultura (ATRIAs), Agrupaciones de Sanidad Animal (ADSGs), y las Agrupaciones de Sanidad Vegetal (ASVs), si bien solamente para maquinaria y equipos propios de sus actividades específicas.

c) Otras agrupaciones agrarias con personalidad jurídica propia y las agrupaciones sin personalidad jurídica propia basadas en un pacto contractual, suscrito por un mínimo de siete titulares de explotaciones agrarias, aunque excepcionalmente y en casos concretos debidamente justificados por las características de los equipos a subvencionar, podrá reducirse hasta tres titulares. Las agrupaciones sin personalidad jurídica propia, deberán hacer constar expresamente en su solicitud, los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios.

Asimismo, deberán nombrar un representante o apoderado único con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación, y no podrán disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La adquisición de maquinaria y equipos agrícolas que contribuyan a mejorar los actuales sistemas de producción, el ahorro energético, la conservación del medio ambiente y mejorar las condiciones de trabajo de los agricultores.

Requisitos:

a) No podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas reguladas en esta orden las personas jurídicas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones o estén incursos en los casos que se establecen en el artículo 74.2 del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, ni aquellas en las que la persona que ostente su representación se halle incursa en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. En el supuesto de estar sujeto a la normativa de prevención de riesgos laborales, deberán disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año
inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

b) No haber sido sancionado por delitos o infracciones medioambientales o contra la Hacienda Pública.

c) Tener la condición de Pequeña o Mediana Empresa (Pyme) conforme al anexo I del Reglamento (CE) n.º 800/2008 de la Comisión, de 6/08/2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado
común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías), actualmente artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

d) No tener la consideración de empresa en crisis.

e) Cumplir las normas comunitarias aplicables a las inversiones de que se trate, tal como establece el artículo 26 del Reglamento (CE) n.º1698/2005 del Consejo, de 20/09/2005, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader).

f) Comprometerse a mantener la titularidad de la máquina o el equipo agrario para el que se solicita la ayuda durante un periodo de cinco años contados a partir de su adquisición. En caso de incumplimiento, el beneficiario deberá
reintegrar el importe obtenido y los intereses correspondientes, salvo que por el órgano competente para conceder las ayudas se otorgue la autorización en los términos previstos por el artículo 31.5.b) de la Ley General de Subvenciones.

g) Tener su domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y sus explotaciones o instalaciones situadas mayoritariamente en el territorio de esta Comunidad.

Documentos asociados

Boletín: 07/05/2010
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 111
Documento: Real Decreto 456/2010 Descargar Documento
Boletín: 26/09/2012
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 189
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 08/10/2012
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 197
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 05/12/2013
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 236
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento