Ayudas para la promocion de nuevas tecnologias en maquinaria y equipos agrarios.- Plan de innovación tecnológica 2012.

Código de ayuda:

S45482/10

Norma:

ORDEN 23/2010, de 6 de julio. RESOLUCIÓN de 19 de noviembre de 2010. Real Decreto 456/2010, de 16 de abril. RESOLUCIÓN de 12 de diciembre de 2011.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la mecanización agraria mediante la introducción de nuevas tecnologías y la utilización compartida de la maquinaria, subvencionando la adquisición de maquinaria agrícola por parte de cooperativas y agrupaciones de agricultores.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Agricultura, Ganadería, y Pesca. (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda consistirá en una subvención, condicionada a la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente, y que estará en función de la inversión realizada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las Sociedades Cooperativas del ámbito agrario y sus Agrupaciones o Uniones, las Sociedades Agrarias de Transformación. Asimismo las Agrupaciones de tratamiento integrado en agricultura y las Agrupaciones de defensa sanitaria, pero para estos beneficiarios, las ayudas solamente se concederán para máquinas y equipos agrícolas cuyo uso está destinado a sus actividades específicas.

b) Otras agrupaciones agrarias con personalidad jurídica propia y las agrupaciones sin personalidad jurídica propia basadas en un pacto contractual, reconocido por el órgano gestor de la ayuda y suscrito por un mínimo de siete titulares de explotaciones agrarias, aunque excepcionalmente y en casos concretos, debidamente justificados por las características de los equipos a subvencionar, podrá reducirse hasta tres titulares.

c) Las comunidades de bienes, sociedades civiles y comunidades de regantes, siempre que la actividad principal sea la agraria y estén inscritos en los registros oficiales correspondientes. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las máquinas y equipos agrarios.

Requisitos:

a) Tener la condición de PYME conforme al anexo I del Reglamento (CE) nº 800/2008, de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categoría de ayudas compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado.

b) No tener la consideración de empresas en crisis.

c) No haber sido sancionado por delitos o infracciones medioambientales o contra la Hacienda Pública.

Documentos asociados

Boletín: 07/05/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 111
Documento: Real Decreto 456/2010, de 16 de abril. Descargar Documento
Boletín: 19/07/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6313
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 02/12/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6410
Documento: Plan de Innovación Tecnológica 2011. Descargar Documento
Boletín: 22/02/2011
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6465
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 27/12/2011
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6679
Documento: Plan Innovación Tecnológica 2012. Descargar Documento