Ayudas para la produccion y su posterior difusion en la web Eskola 2.0 de materiales escolares digitales en euskera de niveles no universitarios (EIMA 2.0).- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S51446/10

Norma:

ORDEN de 28 de julio de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/09/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Cubrir la falta de material digital educativo en euskera y dotar a alumnos y profesores de material digital adecuado para su actividad escolar.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Serán destinatarias de esta convocatoria aquellas empresas o personas productoras de material digital que estén en posesión de los preceptivos permisos legales. No obstante, quedan excluidos los entes públicos, entes públicos de derecho privado o sociedades privadas con participación mayoritariamente pública.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los materiales escolares digitales producidos, traducidos y/o adaptados al euskera, con el fin de poner a disposición de los interesados en la web Eskola 2.0. La convocatoria abarca materiales escolares, sean básicos o complementarios, destinados a los siguientes cursos:

a) EP 5 eta EP 6.

b) ESO 1 eta ESO 2.

c) ESO 3 eta ESO 4.

d) Material destinado a profesores.

La convocatoria EIMA 2.0 de 2010 consta de cuatro áreas principales:

a) Materiales que, habiendo sido producidos y publicados previamente a través de EIMA II o EIMA III se adapten para su insersión en la página- web Eskola 2.0.

b) Traducción al euskera y/o adaptación de materiales educativos bajo licencia Creative Commons, siempre que se adapten al proyecto Eskola 2.0.

c) Traducción al euskera y/o adaptación de materiales educativos con derecho de autor que una vez adquiridos los consiguientes permisos, se adapten al proyecto Eskola 2.0.

d) Materiales originales creados en euskera, una vez adaptados para su insersión en Eskola 2.0 y haciendo cesión de permiso para su uso gratuito.

Requisitos:

No podrán concurrir, durante el período que establezca la correspondiente sanción, a las convocatorias de las subvenciones y ayudas reguladas en esta Orden, las personas o entidades sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o que estén incursas en prohibición legal que las inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Documentos asociados

Boletín: 31/08/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 167
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento