Ayudas para la prevención y la defensa contra los incendios forestales en montes vecinales en mano común.

Código de ayuda:

S12919/05

Norma:

Orden de 16 de marzo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/05/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las ayudas que los titulares de montes vecinales en mano común y sus agrupaciones pueden percibir para la prevención y la defensa contra los incendios forestales.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Grupo I:
-Realización de trabajos mecanizados de silvicultura preventiva.
Subvención: hasta un 80%.
El máximo a subvencionar por beneficiario será de seis mil euros (6.000 A).
-Jornada de trabajo de los cinco integrantes efectivos de las cuadrillas de prevención durante el periodo establecido, incluida Seguridad Social en régimen general.
Subvención: hasta el 70%.
-Adquisición de motodesbrozadoras.
Subvención: hasta el 50%.
Se subvencionará un máximo de dos unidades por cuadrilla.
-Compra de herramientas de defensa contra incendios y material de equipo.
Subvención: hasta el 50%.
-Adquisición de batefuegos.
Subvención: hasta el 100%.
-Adquisición de vestuario ignífugo y equipo de seguridad personal.
Subvención: hasta el 70%.
-Adquisición de botiquín de primeros auxilios.
Subvención:hasta el 70%.
-Alquiler de vehículo todo terreno de transporte u operatividad de vehículo todo terreno propio.
Subvención: hasta el 70%.
-Alquiler de vehículo todo terreno equipado para la prevención y defensa de incendios forestales u operatividad del mismo, en caso de ser propio.
Subvención: hasta el 70 %.
-Operatividad de tractor con cisterna con una capacidad mínima de 2.000 l de agua y 100 m de manguera.
Subvención: hasta el 100%.
-Adquisición de tramos de manguera para tractores con cisterna.
Subvención: hasta el 100%.
Se subvencionará un máximo de cinco tramos de manguera por tractor cisterna.
Grupo II:
-Adquisición de vehículos todo terreno equipados para la prevención y defensa de incendios forestales.
Subvención: hasta un 60%.
Se subvencionará un máximo de una unidad por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los titulares de montes vecinales en mano común así como sus agrupaciones, siempre que no incurran en ninguna de las circunstancias contempladas en el artículo 13.2º de la Ley 38/2003, general de subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Grupo I: obra preventiva y operatividad de cuadrillas. Comprende en particular las siguientes acciones y suministros:
a) Realización de trabajos mecanizados de silvicultura preventiva Las obras consistirán en el desbroce mecanizado de fajas auxiliares de pista y áreas cortafuegos, con las condiciones mínimas especificadas en esta orden.
b) Jornada de trabajo del personal integrante de las cuadrillas de prevención durante un mínimo de tres meses y un máximo de cinco.
Al menos tres de estos meses se corresponderán con los de julio, agosto y septiembre.
Las cuadrillas estarán compuestas, en todo momento, por lo menos, por cinco integrantes efectivos por jornada de trabajo.
c) Adquisición de herramientas de prevención: (motodesbrozadoras) con las características mínimas que se detallan.
d) Compra de herramientas de defensa contra incendios y material de equipo.
e) Adquisición de batefuegos.
f) Adquisición de vestuario ignífugo y equipamiento de seguridad personal.
g) Adquisición de botiquín de primeros auxilios.
h) Alquiler de vehículo todo terreno de transporte u operatividad de vehículo todo terreno propio.
i) Alquiler de vehículo todo terreno equipado para la prevención y defensa de incendios forestales u operatividad del mismo, en caso de ser propio.
Estos vehículos deberán cumplir las condiciones especificadas en esta orden.
j) Operatividad de tractor con cisterna.
k) Adquisición de tramos de manguera para tractores con cisterna.
Serán tramos de manguera con racores TB de 25 mm, en rollos de 20 m, que cumplirán las condiciones técnicas mínimas que se detallan en esta orden.
Se establecen los siguientes requisitos básicos para la concesión de ayudas en este primer grupo:
-Solamente podrá concederse ayuda para la contratación de cuadrillas a aquellos beneficiarios que soliciten y les sea concedida ayuda para la realización de trabajos preventivos con tractores.
-La adquisición de mangueras para tractores con cisterna estará supeditada a la concesión de ayuda para la operatividad de estos medios.
-El resto de acciones y suministros incluidos en este grupo estará vinculado a la solicitud y concesión de ayudas para la contratación de cuadrillas.

Grupo II: adquisición de vehículos todo terreno equipados para la prevención y defensa de incendios forestales.
Estos vehículos irán dotados con un depósito para agua con una capacidad útil mínima de 400 l incluyendo chasis, carrocería para la extinción de incendios, equipamiento y demás extras que a juicio del solicitante puedan contribuir a mejorar la operatividad del vehículo, cumpliendo siempre con las características mínimas exigidas en el anexo VIII y siendo todo esto nuevo y de reciente fabricación.

Documentos asociados

Boletín: 29/03/2005
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 59
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 29/03/2005
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 59
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Boletín: 11/04/2005
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 68
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento