Ayudas para la prevención de daños y selvicultura, contenidas en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España para el periodo 2023-2027, y cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
Código de ayuda:
S35237/25Norma:
ORDEN MAV/1479/2025, de 19 de diciembre. Orden de 26 de enero de 2026.Plazo de Solicitud:
Hasta el 20 de marzo de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de las ayudas destinadas a la prevención de daños y selvicultura, previstas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España para el periodo 2023-2027, aprobado por Decisión de Ejecución de la Comisión Europea, de 13 de agosto de 2022.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor
Castilla y LeónConvoca:
Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. El importe total de la ayuda oscilará entre un mínimo de 30.000 euros y un máximo de 90.000 euros, distribuidos durante un período de cinco años desde la concesión de la misma, y se calculará utilizando los importes unitarios establecidos en el anexo II de la Orden.2. El importe anual de la ayuda oscilará entre los 6.000 y 18.000 euros durante un período de cinco años desde la concesión.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Autónomos
- Comunidades de bienes / propietarios
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
a) Las personas físicas o las personas jurídicas titulares de explotaciones o terrenos forestales en régimen privado.b) Las agrupaciones integradas por varios titulares de explotaciones forestales, sin necesidad de constituirse con personalidad jurídica, para realizar en común todas las actuaciones previstas en esta orden. No obstante, los solicitantes que tengan plan de gestión forestal aprobado y en vigor no podrán agruparse con solicitantes cuyas explotaciones forestales no cuenten con un plan de gestión forestal que se encuentre en ese estado. Las agrupaciones tendrán que nombrar como representante a uno de los
miembros de la agrupación con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. Cada miembro de este tipo de agrupaciones tendrá igualmente la consideración de beneficiario, no obstante, las ayudas serán concedidas a la agrupación. Las entidades locales sólo se podrán agrupar entre sí, no pudiendo agruparse con cualquier otro tipo de beneficiario.
c) Las comunidades de bienes, titulares de explotaciones o terrenos forestales en régimen privado.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Inversiones en repoblación forestal, implantación y regeneración de sistemas agroforestales y concentración parcelaria en silvicultura, así como las inversiones no productivas no relacionadas con uno o varios de los objetivos establecidos en el artículo 6, apartado 1, letras d), e) y f), incluidas las inversiones no productivas destinadas a proteger el ganado y los cultivos contra los daños causados por animales silvestres.- Inversiones en servicios básicos en zonas rurales e infraestructuras de agricultura y silvicultura.
- Inversiones en la recuperación del potencial agrícola o forestal después de desastres naturales, fenómenos climáticos adversos o catástrofes e inversiones en acciones preventivas adecuadas, así como las inversiones destinadas al mantenimiento de la salud de los bosques.
Documentos asociados
Boletín:
30/12/2025
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 250
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 250
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
29/01/2026
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 19
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 19
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
29/01/2026
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 19
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 19
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
