Ayudas para la prestación del servicio de asesoramiento a las explotaciones agrarias, forestales y pymes del medio rural.

Código de ayuda:

S17955/21

Norma:

ORDEN AGR/499/2021, de 27 de abril. Orden de 11 de mayo de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de mayo de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudar a los agricultores, a los jóvenes agricultores, a los titulares forestales, a otros gestores de tierras y a las PYME de las zonas rurales, a beneficiarse de los servicios de asesoramiento para mejorar los resultados económicos y medioambientales, así como el respeto del medio ambiente y la capacidad de adaptación al cambio climático de sus explotaciones, empresas y/o inversiones, de acuerdo con lo indicado en el artículo 15.1 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013.

Y, asesorar a los usuarios del servicio en alguno de los ámbitos o materias relacionados a continuación:

Para agricultores y otros gestores de tierras aquellas previstas en los artículos 15.4 del citado Reglamento (UE) n.º 1305/2013 y 12 del Reglamento (UE) n.º 1306/2013.

Para titulares forestales las obligaciones y cuestiones indicadas en el artículo 15.5 del mencionado Reglamento (UE) n.º 1305/2013.

Para PYME que operan en zonas rurales las cuestiones vinculadas a los resultados económicos y medioambientales de la empresa.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El crédito presupuestario destinado a financiar las subvenciones establecidas en la presente convocatoria ascenderá a un importe de 2.500.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los prestadores de los servicios de asesoramiento a las explotaciones agrarias, forestales y PYMES del medio rural que cumplan con los requisitos.

Requisitos:

a) Ser entidades, organizaciones o personas jurídicas, con o sin ánimo de lucro, directamente relacionadas con los sectores agrario, forestal, agroalimentario y/o con el medio rural. Asimismo, podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, en los términos establecidos en el artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En el caso de presentarse como agrupación de personas físicas o jurídicas deberán designar el porcentaje del compromiso de participación de cada uno de los miembros, transcurridos diez días tras la resolución de la selección de usuarios y concesión de la ayuda indicados en el artículo 13.

b) Las diferentes entidades u organizaciones indicadas en la letra a) deberán estar constituidas como mínimo dos años antes de la fecha de publicación de la orden que convoque las ayudas a las que concurran. En caso de una agrupación de personas físicas o jurídicas deberán cumplir esta condición los miembros que la integran.

c) Incluir entre sus fines estatutarios el asesoramiento.

Documentos asociados

Boletín: 30/04/2021
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 82
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/05/2022
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 93
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 17/05/2022
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 93
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento