Ayudas para la participación y la promoción de películas españolas seleccionadas en Festivales Internacionales durante el año 2005.

Código de ayuda:

S26782/04

Norma:

Resolución de 12 de noviembre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/11/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La promoción en el exterior de películas españolas que, durante el año 2005, participen en determinados Festivales Internacionales, clasificados como «A» por la Federación Internacional de Productores de Películas (F.I.A.P.F.) y los que, previa recomendación de la Federación de Asociaciones de Productores Audiovisuales Españoles (F.A.P.A.E.), se establezcan con carácter excepcional.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

A) Óscar de la Academia de las Artes y las Ciencias de Hollywood:
Podrá concederse una ayuda máxima de sesenta mil quinientos euros (60.500 €) para la película de largometraje que compita en representación de España como mejor película de habla no inglesa en los Óscar de la Academia de las Artes y de las Ciencias Cinematográficas de Hollywood, o que siendo mayoritariamente española compita en cualquier categoría de los citados premios.
Asimismo, podrá concederse una ayuda máxima de doce mil euros (12.000 €) para el cortometraje que compita en representación de España como mejor cortometraje.

B) Festival Internacional de Cine de Berlín:
1. Podrá concederse una ayuda máxima de sesenta mil quinientos euros (60.500 €) para cada largometraje y de doce mil euros (12.000 €) para cada cortometraje participante en la Sección a Competición.
2. Podrá concederse una ayuda máxima de dieciocho mil quinientos euros (18.500 €) para cada largometraje participante en la Sección Panorama Internacional.

C) Festival Internacional de Cine de Cannes:
1. Podrá concederse una ayuda máxima de sesenta mil quinientos euros (60.500 €) para cada largometraje y de doce mil euros (12.000 €) para cada cortometraje participante en la Sección Oficial.
2. Podrá concederse una ayuda máxima de dieciocho mil quinientos euros (18.500 €) para cada largometraje participante en las siguientes Secciones:
Un Certain Regard.
Quincena de los Realizadores.
Cinefondation.
Semana de la Crítica.

D) Festival Internacional de Cine de San Sebastián:
1. Podrá concederse una ayuda máxima de sesenta mil quinientos euros (60.500 €) para cada largometraje participante en la Sección Oficial.
2. Podrá concederse una ayuda máxima de dieciocho mil quinientos euros (18.500 €) para cada largometraje participante en la Sección Zabaltegi.
En el caso de participar en los Especiales Zabaltegi, la ayuda máxima ascenderá a nueve mil euros (9.000 €).

E) Festival Internacional de Cine de Venecia:
1. Podrá concederse una ayuda máxima de treinta y seis mil euros (36.000 €) para cada largometraje participante en la Sección principal a competición.
2. Podrá concederse una ayuda máxima de dieciocho mil quinientos euros (18.500 €) para cada largometraje participante en las Secciones Settimana de la Critica y Giornali degli Autori.

F) Semana Internacional de Cine de Valladolid:
Podrá concederse una ayuda máxima de veinticuatro mil euros (24.000 €) para cada largometraje participante en la Sección Oficial.

G) Festival Internacional de Cine de Mar del Plata:
Podrá ser objeto de ayuda hasta un máximo de dieciocho mil quinientos euros (18.500 €) cada largometraje que participe en la Sección Competición Oficial.

H) Festival Internacional de Cine De Montreal:
Podrá ser objeto de ayuda hasta un máximo de doce mil euros (12.000 €) cada largometraje que participe en las Secciones Competición Oficial y Fuera de Concurso.

I) Festival Internacional de Cine de Karlovy Vary:
Podrá ser subvencionado con un máximo de doce mil euros (12.000 €) cada largometraje que participe en las Secciones de Competición de Largometrajes de Ficción y de Documentales.

J) Festival Internacional de Cine de Moscú:
Podrá ser subvencionado con un máximo de doce mil euros (12.000 €) cada largometraje que participe en la Sección Oficial.

K) Festival Internacional de Cine de Locarno:
Podrá ser subvencionado con un máximo de doce mil euros (12.000 €) cada largometraje que participe en la Sección Oficial tanto Internacional como de Vídeo.

L) Festival Internacional de Cine de Toronto:
Por el carácter particular de este Festival, no competitivo y que constituye una plataforma importante para las ventas en el mercado internacional, se establece un régimen especial de ayudas.
A ellas podrán acceder las películas seleccionadas para las diferentes Secciones que se señalan más adelante siempre que:
a) En la fecha de celebración del Festival no tengan distribución en territorio estadounidense.
b) De tratarse de coproducciones internacionales, la participación española no sea inferior al cincuenta por ciento (50 %).
Cuantía de las ayudas:
1. Podrá ser subvencionado con un máximo de dieciocho mil quinientos euros (18.500 €) cada largometraje participante en las Secciones «Gala» y «Special presentations».
2. Podrá ser subvencionado con un máximo de doce mil euros (12.000 €) cada largometraje participante en las siguientes Secciones: «Masters», «Discovery», «Real to Reel», «Visions» y «Contemporary World Cinema».

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Aquellas empresas productoras que estén inscritas en el Registro de Empresas Cinematográficas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Real Decreto 526/2002 de 14 de junio, por el que se regulan medidas de fomento y promoción de la cinematografía y de la realización de películas en coproducción.

En el caso de que sean varias las empresas productoras solicitantes de ayuda por la participación de la misma película en el Festival, podrán presentar solicitudes conjunta o separadamente, aunque, en ningún caso, la ayuda total solicitada podrá superar las cantidades máximas establecidas en el punto tercero. En el caso de solicitud conjunta, deberán establecer
qué empresa percibirá la ayuda o, si fueran varias las beneficiarias, los porcentajes en que se distribuirá.

No se podrá conceder más de una ayuda por la participación de cada película por festival.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los costes inherentes a la presencia en los referidos Festivales, entendiéndose por tales, los siguientes:
- Tiraje y/o subtitulado de las copias exigidas para participar en cada Festival, conforme a su Reglamento, así como de aquellas que se destinen a su proyección en los mercados que se celebren en los mismos. Estas copias deberán ser puestas a disposición del I.C.A.A. para sus campañas de promoción (excepto en el caso de las ayudas señaladas en el apartado Tercero. A), siempre que la Academia de las Artes y de las Ciencias Cinematográficas de Hollywood continúe quedándose con la copia de las películas nominadas).
- Tiraje de extractos para su difusión en televisión con motivo del Festival.
- Contratación de empresas de relaciones públicas y agentes de prensa.
- Campañas de publicidad en las publicaciones oficiales del Festival y en los medios especializados de la industria cinematográfica y audiovisual.
- Material publicitario, tal como carteles, fotografías, diapositivas, carpetas de prensa, etc., en las cantidades a utilizar en la promoción de cada película con motivo del Festival en que participe. En dicho material deberá aparecer impreso el logotipo del I.C.A.A. Se pondrá a disposición del Instituto, como mínimo, una copia de estos materiales.
- Alquiler de espacios publicitarios en los recintos y zonas establecidas en cada Festival.
- Gastos de transporte de materiales.
- Gastos de desplazamiento y alojamiento, exclusivamente, de las delegaciones cinematográficas participantes.
- Organización de recepciones, en cuya convocatoria se hará constar la colaboración del I.C.A.A.

Documentos asociados

Boletín: 03/12/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 291
Documento: Convocatoria y Solicitud Descargar Documento
Boletín: 23/02/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 46
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento