Ayudas para la participación en actividades de campamentos y campos de trabajo dirigidos a jóvenes de origen gallego o descendientes de gallegos y que residan en el exterior.

Código de ayuda:

S14428/10

Norma:

Resolucion de 4 de marzo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/04/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas correspondientes al programa de actividades de campamentos y campos de trabajo para el año 2010, que tiene por finalidad facilitar a la juventud de la Galicia exterior el contacto con la realidad gallega y el encuentro con sus familiares. Las ayudas reguladas en estas bases tendrán la consideración de ayudas en especie según la disposición adicional tercera de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de este programa los jóvenes que cumplan los requisitos.

Requisitos:

a) Tener residencia habitual fuera de Galicia.

b) Haber nacido en Galicia o ser descendiente de gallego hasta el segundo grado de consanguinidad.

c) Tener nacionalidad española.

d) Encontrarse vinculado con cualquier municipio gallego en el censo electoral de residentes ausentes,
para aquellos solicitantes que tengan 18 o más años a la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes.

e) Tener una edad entre 14 y 20 años, el 30 de junio del año de la convocatoria, para los participantes en
actividades de campamento.

f) Tener una edad entre 18 y 30 años, el 30 de junio del año de la convocatoria, para los participantes en
campos de trabajo.

g) En el caso de los solicitantes de actividades de campamentos, no haber participado en ediciones
anteriores en esta modalidad.

h) En el caso de solicitantes en campos de trabajo, no haber participado en ediciones anteriores en la
modalidad de campos de trabajo.

i) No contar la unidad económica familiar con ingresos superiores, en renta per cápita, a 2.5 veces el
salario mínimo interprofesional o equivalente, de referencia para el año de la convocatoria, del país de
residencia del solicitante, salvo los solicitantes residentes en Cuba, en el que los ingresos no podrán ser
superiores a la prestación económica por ancianidad establecida por el Estado español para el año de la
convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 10/03/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 47
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento