Ayudas para la participación efectiva de personas trabajadoras en empresas de Economía Social.

Código de ayuda:

S55337/18

Norma:

ORDEN de 23 de octubre de 2018.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de noviembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto la regulación de las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Trabajo y Justicia podrá otorgar durante el ejercicio 2018 para fomentar la participación real y efectiva de las personas trabajadoras en las empresas de Economía Social, cuyo domicilio social y centro de trabajo radique en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Trabajo y Justicia (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) Actividades del artículo 2.1.a): hasta el 75% del coste de la actividad según el presupuesto aprobado por la Dirección de Economía Social, con un límite de diez mil (10.000) euros.

b) Actividades del artículo 2.1.b): el 75% del coste de la actividad con un límite de treinta mil (30.000) euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Actividades del artículo 2.1.a): empresas de economía Social con domicilio social en la Comunidad
Autónoma del País Vasco y para centros de trabajo situados en la misma.

b) Actividades del artículo 2.1.b): las asociaciones empresariales de Economía Social, Universidades de la CAPV.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– Las ayudas previstas en la presente Orden tendrán la consideración de subvenciones cuyos gastos irán dirigidos a financiar:

a) El desarrollo e implantación de métodos y herramientas que faciliten y mejoren la participación de las personas trabajadoras en la gestión y en los órganos de las Empresas de Economía Social.

b) Realización de estudios para la promoción de la participación de los trabajadores y difusión de buenas prácticas en dicha materia.

2.– Las acciones subvencionables deberán iniciarse durante el año en curso y deberán finalizar con anterioridad al 31 de diciembre de 2018.

Documentos asociados

Boletín: 30/10/2018
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 209
Documento: Bases y Convocatoria 2018 Descargar Documento