Ayudas para la participación de películas cinematográficas y otras obras audiovisuales españolas, terminadas o en proyecto, en eventos audiovisuales internacionales en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S42119/22

Norma:

Orden CUD/596/2022, de 24 de junio. Resolución de 30 de junio de 2022. Resolución de 13 de marzo de 2023.

Plazo de Solicitud:

10 días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de finalización de cada evento.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas a las empresas participantes con películas cinematográficas y otras obras audiovisuales españolas, terminadas o en proyecto, en los festivales, ceremonias de entregas de premios, mercados, plataformas de coproducción, foros, laboratorios o residencias internacionales de reconocido prestigio, que se
celebren entre noviembre de 2022 y el 31 de octubre de 2023.

Las definiciones de película cinematográfica y de otras obras audiovisuales son las recogidas en los apartados a) y b) del artículo 4 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, respectivamente.

Se consideran películas cinematográficas y otras obras audiovisuales en proyecto, aquellas que están en fase de desarrollo, o en fase de producción sin haberla completado, entendiendo por tales:

a) Proyectos en fase de desarrollo: Los que no han iniciado su proceso de producción. Se incluyen, por lo tanto, proyectos que estén en fase de desarrollo de la idea, escritura o reescritura del guion, realización de material promocional (dossiers creativos) y en fase de búsqueda de localizaciones y primeras formas de financiación para poder iniciar el proceso de producción.

b) Proyectos en fase de producción: Los que están en cualquier estado comprendido entre la fase de preproducción y la de posproducción, tras iniciar el primero y antes de finalizar el último. Estos proyectos ya cuentan con equipo técnico y artístico, plan de trabajo, financiación y presupuesto definitivos, pero no han finalizado el montaje de las imágenes, sonido o VFX.

Se consideran películas cinematográficas y otras obras audiovisuales terminadas las que han finalizado el proceso de posproducción y se encuentran en su montaje final.

Excepcionalmente, pueden considerarse como tales las que, por cuestiones contractuales, estén pendientes de retoques finales en la fase de posproducción y siempre que estos no afecten al montaje final.

Se consideran películas cinematográficas y otras obras audiovisuales españolas:

a) En el caso de las terminadas, cuando hayan obtenido la nacionalidad española o estén en disposición de obtenerla por cumplir los requisitos que para el acceso a la misma establece el artículo 5 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre.

b) En el caso de los proyectos, cuando la empresa productora sea española o de otro Estado miembro de la Unión Europea establecida en España, y la dirección corresponda a una persona con nacionalidad española o de cualquiera de los otros Estados miembros de la Unión Europea, de los Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o con tarjeta o autorización de residencia en vigor en España.

Se entiende por eventos audiovisuales internacionales a los festivales o secciones de los mismos, ceremonias de entregas de premios, mercados, plataformas de coproducción, foros de negocio, laboratorios de proyectos o residencias; todos ellos de reconocido prestigio y de ámbito internacional, en donde participen profesionales y empresas, y que comprendan actividades tanto de desarrollo y venta de proyectos audiovisuales como de exhibición de películas cinematográficas y otras obras audiovisuales a competición. Cada convocatoria reflejará la lista completa de eventos que se consideran elegibles, así como la cuantía máxima a asignar a cada uno de ellos.

Las ayudas que se financien al amparo de esta orden de bases se enmarcan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Constituye una actuación incluida en la Inversión 1, «Programa de fomento, modernización y digitalización del sector audiovisual», comprendida en el Componente 25 «España Hub Audiovisual de Europa» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, y por la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España (Council Implementing Decision-CID), de 13 de julio de 2021.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura y Deporte ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 800.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden acceder a estas ayudas las empresas productoras, distribuidoras o agencias de ventas que cumplan los siguientes requisitos y compromisos.

Requisitos:

a) Tener residencia legal o establecimiento en España en el momento de la percepción efectiva de la ayuda.

b) No haber sido objeto de sanción consistente en la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones por el incumplimiento de cualquier normativa, y en especial en materia de igualdad entre mujeres y hombres de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

c) No incurrir en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

d) Cualquier otro requisito que establezca la convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 28/06/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 154
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 02/07/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 158
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 02/07/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 158
Documento: Convocatoria 2022 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 15/03/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 63
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
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