Ayudas para la participación de equipos de entidades deportivas extremeñas en competiciones deportivas de ámbito nacional e internacional para el ejercicio 2025.
Código de ayuda:
S11928/25Norma:
RESOLUCIÓN de 22 de abril de 2025. ORDEN de 18 de septiembre de 2020.Plazo de Solicitud:
Hasta el 8 de junio de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Constituye el objeto de esta resolución convocar, en régimen de concesión directa y convocatoria abierta, para el año 2025, las ayudas para la participación de equipos pertenecientes a entidades deportivas extremeñas en las competiciones contempladas en el anexo I de la Orden de 18 de septiembre de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la participación de equipos de entidades deportivas extremeñas en competiciones deportivas de ámbito nacional e internacional (DOE n.º 186, de 24 de septiembre.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Empleo
Recursos Humanos
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Cultura, Turismo, Jovenes y Deportes (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas se financiarán con cargo la aplicación presupuestaria 150040000 G/274A/48000/20050289/CAG0000001, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025, por importe de 450.000 euros.El importe mínimo que corresponde por cada equipo participante es de 500 € y el importe máximo de 40.000 €
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Entidades deportivas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades deportivas extremeñas sin ánimo de lucro, salvo las federaciones deportivas extremeñas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Licencias deportivas de los participantes en la competición.b) Tasas federativas.
c) Arbitrajes.
d) Gastos de alojamiento, de transporte y de manutención. En el caso de que sean individuales, estos gastos no superarán las cuantías máximas establecidas por la Junta de Extremadura para su personal como indemnizaciones por razones del servicio.
e) Material deportivo, hasta un límite del 50 % de la ayuda concedida.
f) Gastos de personal, justificados de conformidad con la legislación laboral vigente (nóminas y documentos de cotización). Hasta un máximo del 50 % del importe otorgado como subvención.
g) Tributos, cuando la entidad beneficiaria de la subvención los abone efectivamente. En ningún caso se considerarán gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.
h) Material fungible utilizado durante el desarrollo de la competición.
i) Alquiler de vehículos, cuando estos sean indispensables para la participación de la entidad en la competición deportiva.
j) Alquiler de inmuebles destinados al alojamiento de los integrantes del equipo, hasta un máximo del 50 % de la ayuda concedida.
k) Gastos médicos, hasta un máximo del 20 % de la ayuda concedida.
Requisitos:
a) Figurar inscritas en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura.b) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión y con carácter previo al pago que se hallan al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y que no tienen deudas con la Hacienda Autonómica.
c) No estar incursas en alguna de las prohibiciones establecidas para obtener la condición de beneficiario en el artículo 12 de la Ley de Subvenciones de la CAEX.
Documentos asociados
Boletín:
08/05/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 87
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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08/05/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 87
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
08/05/2025
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 87
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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