Ayudas para la participación agrupada en la Misión Comercial Directa Polonia 2026.

Código de ayuda:

S17837/26

Norma:

ACUERDO de 17 de junio de 2026. DECRETO 137/2024, de 5 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de julio de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El presente acuerdo tiene por objeto realizar la convocatoria de las ayudas en especie, en
régimen de concurrencia competitiva y en cumplimiento del Decreto 137/2024, de 5 de noviembre, publicada en DOE n.º 220, de 12 de noviembre de 2024, para la realización de las siguientes acciones de promoción de carácter internacional. Misión Comercial Directa a Polonia 2026.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Comercio
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

EXTREMADURA AVANTE SERVICOS AVANZADOS A PYMES, SLU (AVANTE) (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Hasta 6.543,18 € por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán tener la condición de beneficiarios de las ayudas reguladas en el presente acuerdo, las personas físicas y jurídicas que, cumpliendo los requisitos establecidos en la misma, tengan la consideración de pequeña y mediana empresa y ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y que cumplan con los requisitos exigidos en el artículo 3 del Decreto 137/2024, de 5 de noviembre.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— Costes del personal de Extremadura Avante, SLU, relacionados directamente con la operación.

— Servicios profesionales de promoción y asesoramiento.

— Gastos de viajes: Sólo se subvencionarán los gastos correspondientes a una persona por cada entidad beneficiaria, pudiendo tratarse de:
• Gastos de desplazamiento desde España a destino (ida y vuelta en avión, tren, barco o autobús, en clase turista), incluso traslados grupales internos en destino que pudieran desarrollarse entre el alojamiento y la terminal de transporte o entre dos o más localizaciones, siempre y cuando se contemple dentro de una agenda grupal de los participantes.
• Gastos de alojamiento (habitación de hotel en régimen de alojamiento o alojamiento y desayuno).
• Renovación u obtención de visados, u otra documentación necesaria para la entrada en el país, cuando proceda.
• Seguro de viaje, cuando proceda. Contará con una cobertura máxima especificada en la póliza, la cual se pondrá a disposición del beneficiario.
• Pruebas diagnósticas obligatorias para el desplazamiento y entrada/salida en los países de origen/destino, cuando proceda, excluidas vacunas.

Requisitos:

a) Desarrollar en Extremadura actividades de transformación, de fabricación, de construcción, de instalación o de producción, así como de comercio al por mayor y de servicios, excluidas las de intermediación.
b) Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
c) Cumplir con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2023/2831, de la Comisión de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos, 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, específicamente lo establecido en los artículos 1 y 3 del citado Reglamento (UE) 2023/2831.

Documentos asociados

Boletín: 12/11/2024
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 220
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 25/07/2026
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 121
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
Boletín: 25/07/2026
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 121
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento