Ayudas para la organizacion de congresos, simposios, ciclos de conferencias, seminarios o reuniones cientificas de caracter internacional que se organicen y celebren en Cataluña (ARCS-DGR).- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S11673/12

Norma:

RESOLUCIÓN ECO/604/2012, de 26 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/05/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Otorgar ayudas para la organización de congresos, simposios, ciclos de conferencias, seminarios o reuniones científicas de carácter internacional que se organicen y celebren a Cataluña y que fomenten su proyección internacional.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Educación y Universidades (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de las ayudas es de 6.000,00 (seis mil) euros.


Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los investigadores y las investigadoras que sean miembros del comité organizador de la actividad y que estén adscritos a las entidades o a los organismos siguientes, que serán los beneficiarios:

a) Universidades catalanas, centros de investigación, parques científicos y tecnológicos, asociaciones científicas y fundaciones sin finalidad de lucro legalmente constituidas, situadas en Cataluña y que, entre sus actividades principales, figure la investigación.

b) Colegios profesionales con sede en Cataluña. En este caso solo pueden presentar una solicitud de ayuda.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La incorporación de personal de apoyo a la actividad objeto de la ayuda. Este personal se incorporará mediante cualquier modalidad de adscripción laboral temporal y/o como personal becario, de acuerdo con la normativa que sea aplicable en la institución beneficiaria de la ayuda.

No se subvencionarán las retribuciones del funcionariado ni de personal fijo vinculado estatutaria o contractualmente en los centros solicitantes o participantes en la convocatoria.

b) La organización y difusión, incluida la publicación posterior de la actuación, si procede.

c) Los viajes y la estancia de las personas que participen como ponentes, así como su gratificación.

d) Las ayudas a estudiantes y jóvenes investigadores e investigadoras para la asistencia a las actividades objeto de la convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 10/04/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6104
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento