Ayudas para la organización de actividades y/o mejora de infraestructuras de las casas regionales,asociaciones o colectivos de inmigrantes residentes en las islas de Eivissa i Formentera.

Código de ayuda:

S30219/06

Norma:

Num. 14960

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/09/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan ayudas económicas a las casas regionales, colectivos de nacionales miembros o no miembros de la Comunidad Europea, legalmente constituidos, sin ánimo de lucro y que estén inscritos en la relación de asociaciones y entidades del Consejo Insular de Eivissa y Formentera.

Se establece, como medio de notificación de todos los actos de trámite y de la resolución del procedimiento de otorgamiento de las ayudas, el tablón de anuncios del Consejo de Eivissa y Formentera (av. de España, 49, de la ciudad de Eivissa).

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Formación

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Ibiza-Formentera (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cantidad máxima por beneficiario no superará en ningún caso los euros 6.000’00 (Seis mil Euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán acogerse a la presente convocatoria aquellas entidades, asociaciones o colectivos, con sede en Eivissa y Formentera, como por ejemplo casas regionales, colectivos de inmigrantes, agrupaciones de residentes extranjeros, etc., legalmente constituidos y que estén inscritas en la relación de asociaciones del Consejo Insular de Eivissa y Formentera y que dispongan de la estructura y capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de las actividades por las cuales se propone esta línea de subvención y que se enumeran a continuación.






¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Para tener acceso a las subvenciones, las asociaciones, casas regionales o colectivos interesados habrán de justificar alguna de las siguientes actividades:

a) Celebración patronal regional o de la nacionalidad que representen.

b) Planes específicos de actividades para el fomento de la integración de los miembros de las casas regionales, asociaciones o colectivos en la sociedad de las islas Baleares que incluyan alguna de las siguientes actividades:
1. Cursos de formación sobre aspectos de la cultura tradicional pitiusa.
2. Concursos sobre cualquier aspecto que contribuya a la integración de los miembros de las casas regionales, colectivos o asociaciones en la sociedad balear.
3. Actividades de tiempo libre que promuevan el conocimiento de la natura y el entorno de las islas de Eivissa y Formentera (excursiones, visitas culturales, cursos, etc).
4. Talleres de fotografía, música, baile, cocina, etc., propias de las islas Pitiusas.
5. Cursos de formación de cualquier tipo destinados a favorecer la integración de los representados en la sociedad pitiusa.
6. Actividades para menores miembros de las diferentes asociaciones, colectivos o casas regionales, que incluyan cursos, juegos, concursos, etc.

c) Planes específicos de actividades para el fomento de la conservación de tradiciones, cultura e idiosincrasia propias de las diferentes asociaciones o colectivos, a fin de darlas a conocer al resto de la comunidad pitiusa, que incluyan alguna de las siguientes actividades:
1. Cursos de formación sobre aspectos de sus propias culturas y tradiciones.
2. Concursos sobre cualquier aspecto que contribuya a mantener la cultura propia del lugar de origen de cada asociación, casa regional o colectivo.
3. Talleres de fotografía, música, baile, cocina, etc., propias de las comunidades de origen de las diferentes asociaciones, casas regionales o colectivos.
4. Actividades para menores relacionados con las asociaciones, colectivos o casas regionales, por tal de conservar y mantener las tradiciones propias de sus culturas.

Requisitos:

Los beneficiarios deberán justificar, mediante la aportación de facturas originales, el coste de la actividad o actividades realizadas durante el año 2006.

En el supuesto de que no se justifique se dará cuenta de la reducción. Únicamente se pagará lo justificado, hasta el límite máximo de ayuda.

Liquidación de gastos e ingresos y memoria justificativa de la actividad o actividades realizadas o previstas hasta 15 de noviembre de 2006.

Se establece como plazo máximo de presentación de la documentación señalada, el 15 de noviembre de 2006.

Documentos asociados

Boletín: 15/08/2006
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 115
Documento: Bases y Convocatoria 2006 Descargar Documento