Ayudas para la ocupacion de plazas en centros residenciales, gestionados por entidades privadas sin animo de lucro, existentes en la Comunidad Autonoma de Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S45546/13

Norma:

Resolución de 12/12/2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 02/01/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de ayudas para 2014, en régimen de concurrencia competitiva, para la ocupación de plazas en centros residenciales destinados a la atención a personas con enfermedad
mental o a personas con enfermedades físicas crónicas generadoras de exclusión social.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El precio de la plaza/día ocupada en Centros Residenciales, queda establecido en los siguientes importes:

a) Viviendas con supervisión nocturna: 50 € plaza/día.

b) Viviendas sin supervisión nocturna: 34 € plaza/día.

c) Residencias Comunitarias: 75 € plaza/día.

d) Centros Residenciales para personas con enfermedades físicas crónicas en situación de exclusión social: la ayuda oscilará entre 50 y 75 € plaza/día, en función de las características de cada uno de los dispositivos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades privadas sin ánimo de lucro existentes en la comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La ocupacion de plazas en centros residenciales, gestionados por entidades privadas sin animo de lucro.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas, contar con la correspondiente autorización administrativa y estar inscritas en el Registro Oficial que corresponda.

b) Gozar de capacidad jurídica y de obrar.

c) Poseer el domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha o disponer de una sede central o delegación permanente en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. No obstante, dicho requisito podrá ser excepcionado, de forma motivada, en razón al especial interés social del objeto y finalidad de la subvención, de la actividad o el servicio subvencionado o que responda a necesidades altamente especializadas o de optimización de los recursos.

d) Encontrarse al corriente en el pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones, y no estar incursa en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

e) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (estatal y autonómica) y de la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 18/12/2013
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 244
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento