Ayudas para la modernización y transformación de los regadíos en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S12791/23

Norma:

Orden 41/2023, de 24 de febrero. Resolución de 26/05/2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 15 de junio de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas previstas en la presente orden tienen por finalidad optimizar los recursos hídricos disponibles mediante un desarrollo sostenible de los mismos, la mejora de la eficiencia global de los sistemas de riego y la mejora de la calidad de las aguas y por otro lado, contribuir a modernizar las explotaciones agrarias mediante el empleo de nuevas tecnologías, incrementar la rentabilidad y viabilidad de las mismas y mejorar el nivel de vida de quienes se dediquen a la agricultura, así como a reforzar la industria agroalimentaria y de servicios y a fijar población en el mundo rural.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se establece una ayuda base consistente en un porcentaje sobre el importe máximo elegible (IVA incluido) que dependerá del tipo de actuación, de tal forma que:

Para actuaciones en regadíos tradicionales, se establece una ayuda base del 90%.

Para actuaciones de nueva transformación en regadío, la ayuda base será del 85%.

Para actuaciones, con objeto de reducir el consumo hídrico y/o energético (sin producción de energía renovable), se establece una ayuda base del 70%.

Para actuaciones, con objeto de reducir el consumo energético total o parcialmente mediante producción de energía renovable, se establece una ayuda base del 60%.

Para la adquisición de estación meteorológica, se establece una ayuda base del 90 %.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las Comunidades de Regantes u otras entidades de usuarios de aguas
principalmente vinculadas al regadío, que tengan concedidos derechos de agua para riego y que no ejerzan la
actividad agraria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Aquellos que resulten necesarios para la ejecución de las inversiones subvencionables y se realicen en el plazo establecido en la resolución de concesión de la ayuda.

El impuesto sobre el valor añadido, cuando no sea recuperable por la entidad beneficiaria, conforme a la legislación nacional sobre dicho impuesto.

Requisitos:

a) Estar al corriente de las obligaciones tributarias, de la seguridad social y del reintegro de subvenciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.2, 13.3 y 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y no estar incursas en los casos que se establecen en el art. 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre. Asimismo, no podrá estar incurso en los supuestos previstos por el artículo 10 de la Ley 4/2004, de 18 de mayo, de la Explotación Agraria y del Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha.

b) En los casos en que el beneficiario esté sujeto a la normativa de prevención de riesgos laborales, deberá acreditar que está en posesión de un plan de prevención de riesgos laborales y que no ha sido sancionado en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

c) No haber sido objeto de sanción por resolución administrativa o por sentencia judicial firme por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias según la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha, salvo cuando acrediten haber cumplido con la sanción o la pena impuesta y hayan elaborado un plan de igualdad o adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, correspondiendo al órgano competente en materia de igualdad dar su conformidad a dichas medidas.

Documentos asociados

Boletín: 02/03/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 43
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2023 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 02/06/2023
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 105
Documento: Ampliación Plazo Descargar Documento