Ayudas para la modernización y mejora del pequeño comercio de Castilla-La Mancha, y correcciones.- Modificación.

Código de ayuda:

S53855/05

Norma:

Orden de 25-10-2005. Orden de 25/10/2010.

Plazo de Solicitud:

Para 2006, hasta el 15 de abril. Para 2007 y 2008, pendiente de convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La de concesión de ayudas para la mejora del pequeño comercio existente, dirigidas a las pequeñas empresas comerciales de las características y sectores comerciales que se detallan en el artículo 2 de esta Orden, por el procedimiento de concurrencia no competitiva.

Categorías Subvención

  • Comercio

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Industria y Sociedad de la Información (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas consistirán en subvenciones directas de hasta el 40% del presupuesto aceptado y aprobado.
Los límites cuantitativos de las actuaciones o proyectos deberán estar comprendidos entre 3.000,00 y 12.000,00 euros.
Para establecer la cuantía de la ayuda se tendrá en cuenta criterios como: la existencia o no de deficit comercial de la zona, grado de incidencia del proyecto en la modernización de las estructuras físicas o del equipamiento, el no haber obtenido subvención en la última convocatoria y grado de ejecución.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios las pequeñas empresas comerciales, ya sean personas físicas, jurídicas y comunidades de bienes, en los términos y con arreglo a las condiciones establecidas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

No se considerarán beneficiarios de las subvenciones de la presente Orden las cooperativas y las sociedades laborales y otras no incluidas en el epígrafe 1 del art 2 de la presente Orden.

Requisitos:

- Realizar una actividad comercial minorista incluida en alguna de las agrupaciones del IAE que se describen en la letra a) del art. 2. de la presente Orden.
- Volumen de facturación anual inferior a 1.000.00 euros/año, según datos del último IRPF, o en su caso de Sociedades.
- Tener como máximo 5 trabajadores por cuenta ajena.
- No estar vinculadas o participadas por empresas que no cumplan los requisitos establecidos en apartados anteriores u operar bajo mismo nombre comercial.
- Disponer de una superficie de venta útil para exposición y venta inferior a 300 metros cuadrados.
- Tener domicilio fiscal en la región.

Documentos asociados

Boletín: 14/11/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 229
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 21/12/2005
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 256
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 05/11/2010
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 214
Documento: Modificación Descargar Documento