Ayudas para la modernización y el fomento de la artesania.

Código de ayuda:

S01900/04

Norma:

Resolución 955.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/04/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La modernización y el fomento de las actividades artesanas.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Comercio, Industria y Energía (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Podrá variar desde el 30%, al 50% o 75% de las inversiones realizadas, según el caso.

a) Jornadas Técnicas y seminarios:
- Subvención del 75% del costo de la acción, con un máximo de 6.000,00 euros, cuando el ámbito territorial de la acción abarque la totalidad de una isla, realizada por una federación o asociación artesana de ámbito territorial igual o superior a una isla.
- Subvención del 75% del costo de la acción, con un máximo de 3.000
euros y la acción se vaya a desarrollar en el ámbito territorial de un municipio.

b) Congresos: Subvención del 75% del coste de la acción y un máximo de 12.000,00 euros, cuando se cumplan los criterios valorativos 1, 2 y 3, y la acción abarque la totalidad de una isla, realizada por dos o más federaciones o asociación de ámbito territorial igual o superior a una isla. En el caso de que la realización sea por una sola federación o asociación, el límite será de 6.000,00 euros.

c) Misiones Comerciales: Subvención del 75% del coste de la acción y un máximo de 6.000,00 euros de los gastos de desplazamiento y estancia. El coste por persona integrante de la misión, no podrá superar la cantidad de 450,00 euros.
d) Organización y gestión de mercados permanentes de carácter específicamente artesanos y de productos autóctonos: Subvención del 40% del coste de la acción y un máximo de 12.000 euros por proyecto aprobado. La subvención podrá ser del 75%, previo informe justificativo de los servicios de la Dirección General de Comercio.

e) Asistencia como expositor colectivo a ferias de índole artesana fuera de la isla de procedencia: subvención del 50% del coste de la acción y un máximo de 9.000 euros por proyecto aprobado. Esta subvención no es aplicable a ferias que estén financiadas por la CAIB. Se aceptarán como costes todos los relacionados directamente con el coste del stand y el transporte de las mercancias.

f) Organización y gestión de ferias de carácter temporal:
- Para las ferias mixtas (con sección dedicada a la artesanía) la subvención será del 50% del coste total y un máximo de 6.000,00 euros.
- Para las ferias con carácter estrictamente artesano la subvención será del 75% del coste y un máximo de 12.000,00 euros.

g) Elaboración de folletos, carteles, videos, catálogos y otros elementos de difusión cuando estos tengan por objeto la promoción de la artesanía o de un colectivo de empresas artesanas (se incluye en este apartado los costes de creación, diseño, fotografías, fotolitos, "displays" y otros medios de soporte de imagen, campañas publicitarias a través de radio, prensa, TV, vallas, etc.): subvención del 50% en todos los casos, y un máximo de 3.000,00 euros por proyecto aprobado.

h) Organización y realización de otras manifestaciones de carácter eminentemente artesanal o que promocionen, de forma inequívoca, la artesanía: subvención del 50% del coste de la acción y un máximo de 6.000,00 euros por proyecto aprobado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Las microempresas artesanas.
b) Corporaciones locales.
c) Asociaciones de artesanos que actúen sin ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.- Para las microempresas artesanas:
a) Asistencia a cursos, cursillos y seminarios por parte del personal de la empresa artesana con Documento de Calificación Artesanal, que posea la Carta de Maestro Artesano (CMA), siempre que el temario se refiera a aspectos específicamente artesanos o que sea de aplicación a las empresas artesanas, limitada la asistencia a una persona por empresa.
b) Adquisición de inmovilizado siempre que suponga una mejora para el
proceso de producción artesanal o suponga una mejora para la venta y comercialización del producto artesano, no computando el inmovilizado inmaterial.
c) Asistencia en calidad de expositor a ferias de artesanía que se celebren fuera de la isla de residencia, cuando el producto expuesto esté relacionado con el tema de estas ferias.
d) Edición de catálogos, folletos, páginas web, campañas de publicidad en prensa, TV, radio, vallas, etc. u otros medios de difusión de los productos de la empresa.
e) Organización y/o participación en exposiciones de productos artesanos bien sean de carácter individual o colectivo.

2.- Para corporaciones locales:
Organización y gestión de ferias, mercados... etc, artesanales o mixtos con secciones artesanales.

3.- Para Asociaciones de artesanos:
a) Jornadas técnicas y seminarios, que aborden aspectos fundamentales o profundicen en temas monográficos, mediante reuniones en las que uno o varios ponentes sucesivamente, desarrollen frente a un auditorio diversos temas sobre una o varias materias.
b) Congresos a celebrar en el territorio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, donde se puedan presentar y debatir, por personas y estamentos privados y públicos, temas sobre uno o varios aspectos relacionados con el sector, con adopción de conclusiones que en todo caso se elevarán a los Poderes Públicos y se divulgarán para general conocimiento.
c) Misiones comerciales que permitan un mejor conocimiento "in situ" de
la tecnología comercial, técnicas de gestión, organización, equipamiento, distribución física, etc., a efectos de su difusión posterior y aplicación práctica.

Requisitos:

- Se entendien como microempresas artesanas: las que tengan menos de 10 empleados (media aritmética de los seis meses anteriores a la fecha de solicitud de subvención), con Documento de Calificación Artesanal (DCA), Maestros Artesanos con Carta de Maestro Artesano, artesanos con Carta de Artesano.
- Las Asociaciones deberán estar implantadas en una isla y contar, al menos, con 25 asociados con la carta de maestro artesano en la isla de Mallorca, y 10 asociados con las mismas características en las islas de Menorca e Ibiza-Formentera, respectivamente.

Documentos asociados

Boletín: 27/01/2004
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 13
Documento: Convocatoria Descargar Documento