Ayudas para la modernización del comercio y su adaptación a criterios de competitividad y calidad.

Código de ayuda:

S46119/05

Norma:

Convocatoria de 11 de julio de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/09/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convoca la concesión de ayudas en el ejercicio 2005, para la modernización del comercio y su adaptación a criterios de competitividad y calidad.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Comercio, Industria y Energía (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención a fondo perdido para las inversiones en activos fijos, es de hasta el 25 % del importe de la base imponible que figure en las facturas justificativas de la inversión admitida, y con un máximo de (20.000,00 euros) veinte mil euros, en todos los casos y sin ninguna excepción, para todos los proyectos presentados por un mismo solicitante.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

1. Las pequeñas empresas mayoristas.

2. Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún no teniendo personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, las actividades o los comportamientos o estén en la situación que motiva la concesión de la subvención, que se ubiquen en las Illes Balears, que tengan relación con el comercio y servicios.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones en activos fijos para la modernización y la adaptación de los establecimientos a criterios de competitividad y calidad, se dirigirán a financiar las inversiones de establecimientos ya existentes el 1 de enero de 2005, (con licencia municipal de apertura o en tramite de solicitud ante el ayuntamiento), y las inversiones destinadas a la instalación, acondicionamiento o la reforma de locales en el caso de traslado de actividad.

Objeto de las inversiones:
a) Obra civil e instalaciones para su modernización y/o innovación con especial incidencia en la estética de escaparates y zonas de venta.
b) Adquisición de equipamiento (mobiliario, maquinaria, equipos informáticos, etc..), con el objeto de ofrecer un mejor servicio al cliente y mejorar la propia gestión del establecimiento.
c) Inversiones destinadas a la eliminación de barreras arquitectónicas, siempre que no se haya solicitado subvención para la misma finalidad a otros organismos.
d) Equipamiento especifico para el transporte auxiliar utilizado por el establecimiento comercial.

Requisitos:

Las entidades solicitantes deberán ejercer alguna o algunas de las actividades incluidas en los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), regulado por los Reales Decretos Legislativos 1175/1990, de 28 de septiembre y 1259/1991, de 2 de agosto (ver art. 3 de Convocatoria).

Documentos asociados

Boletín: 03/05/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 67
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/09/2005
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 137
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento