Ayudas para la mejora y modernización de las redes principales de riego en las Comunidades de Regantes de Extremadura.

Código de ayuda:

S26719/20

Norma:

ORDEN de 10 de junio de 2020. RESOLUCIÓN de 4 de agosto de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de noviembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 800.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas ayudas van destinadas a las Comunidades de Regantes de Extremadura u otras comunidades de usuarios de aguas principalmente vinculadas al regadío, para la mejora y modernización de las redes principales de riego, conforme al Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014 - 2020 financiado por el FEADER.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido.

2. La cuantía de la ayuda con carácter general expresada en porcentaje del importe del coste subvencionable, será del 80 %. Este porcentaje se incrementará en los casos siguientes:

a) 10 % en el caso de que más del 50 % de la superficie regable de la Comunidad de Regantes está situada en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas contempladas en el artículo 32 del Reglamento (UE) n.º 1305/2013.

b) 10 % en el caso de inversiones para la instalación de contadores o sistemas de medición del agua consumida.

c) 10 % en el caso de sistemas de gestión y telecontrol o automatización del riego.

3. En ningún caso la cuantía de la ayuda podrá superar el 100 % del importe del coste subvencionable, ni superar los 800.000 € por convocatoria y beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades públicas que hayan de realizar la actividad que fundamenta su otorgamiento o que se encuentren en la situación que legitima su concesión. En concreto podrán ser beneficiaras:

Las corporaciones de derecho público adscritas al Organismo de Cuenca, ya sean Comunidades de Regantes u otras comunidades de usuarios de aguas principalmente vinculadas al regadío, incluidas las Comunidades Generales de Usuarios y las Juntas Centrales de Usuarios (en adelante también denominadas Comunidades de Regantes), que estén establecidas en zonas regables de iniciativa pública situadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, gestionen infraestructuras principales de transporte y distribución de regadíos existentes mediante convenio suscrito con la Administración titular de dichas infraestructuras, dispongan de su correspondiente derecho de agua, y cuyos estatutos u ordenanzas hayan sido aprobados administrativamente por el Organismo de Cuenca.

Documentos asociados

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