Ayudas para la mejora del programa sanitario de las Agrupaciones de Defensa Sanitaria de ganado porcino y para la implantación de un sistema de recogida de cadáveres animales en las explotaciones de ganado porcino, avícolas y cunícolas.

Código de ayuda:

S04128/05

Norma:

Orden AYG/127/2005, de 3 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/03/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan ayudas destinadas:
– A las Agrupaciones de Defensa Sanitaria de ganado porcino de Castilla y León para llevar a cabo un programa sanitario común dirigido a la retirada de cadáveres de animales de las explotaciones ganaderas que se encuentran agrupadas en su ámbito territorial.
Estas ayudas se incluyen en el marco de la medida 7.8 del Programa Operativo Integrado de Castilla y León 2000-2006, a efectos de su financiación con cargo a los fondos de la Sección Orientación del FEOGA.
– A las explotaciones de ganado porcino calificadas como Explotaciones de Sanidad Comprobada y de Protección Sanitaria Especial no incluidas en Agrupaciones de Defensa Sanitaria y a las explotaciones avícolas y explotaciones cunícolas de Castilla y León destinadas a la mejora de su sistema de retirada de cadáveres de animales.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

– Hasta un 40 por ciento del precio de los contenedores.
Este porcentaje se incrementará hasta el 50 por ciento en zonas desfavorecidas, considerando a estos efectos la localidad en que se encuentre ubicada la explotación o domiciliada la Agrupación de Defensa Sanitaria.
En ningún caso el importe individual de la ayuda excederá de 200 euros.
– Hasta un 40 por ciento del precio de los congeladores, porcentaje que podrá ser incrementado hasta el 50 por ciento si la explotación se localizase en zona desfavorecida, sin que la cuantía individual de la ayuda concedida supere los 200 euros.
El número máximo de congeladores subvencionables para cada una de las explotaciones avícolas y cunícolas será de uno por explotación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

– Las Agrupaciones de Defensa Sanitaria de ganado porcino, reconocidas por la Dirección General de Producción Agropecuaria, que cumplan los compromisos establecidos en la presente Orden.
– Los titulares de las explotaciones de ganado porcino, reconocidas por la Dirección General de Producción Agropecuaria como Explotaciones de Sanidad Comprobada y de Protección Sanitaria Especial no incluidas en Agrupaciones de Defensa Sanitaria, que cumplan la legislación vigente en materia de sanidad animal conforme al Real Decreto 195/2002, de 15 de febrero, por el que se establece el Plan de seguimiento y vigilancia sanitaria del ganado porcino y el Real Decreto 427/2003, de 11 de abril por el que se establecen las bases del programa coordinado de lucha, control y erradicación de la enfermedad de Aujeszky, y los titulares de las Explotaciones avícolas y cunícolas inscritas en el Registro de explotaciones de Castilla y León que cumplan los compromisos establecidos en la presente Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.– Las ayudas convocadas a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria se destinarán a financiar la adquisición de contenedores para el depósito de animales porcinos muertos en explotaciones a efectos de su posterior retirada por empresas de transporte autorizadas para dicha finalidad.
2.– Las ayudas convocadas a las explotaciones de ganado porcino calificadas como de sanidad comprobada o a las granjas de protección sanitaria especial no integradas en Agrupaciones de Defensa Sanitaria,así como a las explotaciones avícolas y cunícolas, se destinarán a financiar la adquisición de contenedores para el depósito de animales porcinos muertos en explotaciones y de congeladores para el depósito de animales de las especies aviar y cunícola mu e rtos en explotación a efectos de su posterior retirada por empresas de transporte autorizadas para dicha finalidad.

Documentos asociados

Boletín: 10/02/2005
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 28
Documento: Convocatoria y Solicitud Descargar Documento