Ayudas para la mejora de la transformacion y comercializacion de productos agricolas y silvicolas en el marco del programa de desarrollo rural de Cantabria 2007-2013. Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S21400/12

Norma:

Orden GAN/35/2012, de 29 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/07/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar a las industrias agroalimentarias ubicadas en la Comunidad Autónoma de Cantabria que se dediquen o que pretendan dedicarse a la transformación y comercialización de sus productos.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las entidades locales y las empresas privadas con personalidad física o jurídica o comunidades de bienes y demás entidades carentes de personalidad jurídica que transformen productos enumerados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideraran inversiones subvencionable por la presente Orden:

a. La construcción y adquisición de bienes inmuebles, con excepción de la adquisición de terrenos.

En el caso de la adquisición de bienes inmuebles:

1.- Deberá aportarse certifi cado de un tasador independiente cualifi cado o de un organismo ofi cial debidamente autorizado que certifi que que el precio no excede del valor de mercado ni del valor comprobado a efectos fiscales.

2.- El coste no podrá sobrepasar el 25% de la inversión total subvencionable.

b. Las adquisiciones de maquinaria y equipos nuevos, incluidas las aplicaciones informáticas.

c. Los costes generales vinculados a las inversiones subvencionables, tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, estudios de viabilidad o adquisición de patentes y licencias, con un límite del 6% de la suma de las inversiones de los apartados a y b.

Documentos asociados

Boletín: 11/06/2012
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 112
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2012 y Anexos Descargar Documento