Ayudas para la mejora de la eficiencia energética de las viviendas para paliar la pobreza energética.

Código de ayuda:

S09719/21

Norma:

Acuerdo de 15 de febrero de 2021.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de junio de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 1.400

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mejora táctica de las viviendas construidas de forma deficiente y en los que viven personas con un umbral de renta que no les permite pagar el recibo de la luz o que disfrutan del bono social, así como personas que no llegan a calentar o enfriar la vivienda para conseguir un confort térmico adecuado.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Menorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo que se podrá conceder por solicitud será de 700,00 € en el caso de las ayudas de la linea 1 de esta convocatoria y de 1.400,00 € en el caso de que las ayudas sean de la línea 2.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Línea 1: Ayudas dirigidas a personas inquilinas que se encuentran en situación de pobreza energética.

Línea 2: Ayudas dirigidas a personas propietarias que se encuentran en situación de pobreza energética.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea 1: Ayudas dirigidas a personas inquilinas que se encuentran en situación de pobreza energética. Esta ayuda se puede destinar a todas aquellas mejoras que tengan un carácter reversible, de forma que si el perceptor de la ayuda deja de ser el inquilino de la vivienda donde se han realizado estas mejoras las pueda trasladar a la nueva vivienda, como ahora:

Compra de electrodomésticos de alta eficiéncia y bajo consumo energético.

Soluciones de bajo coste y sin incidéncia especial ni material sobre la vivienda, según estudio realizado por personal especializado:

Actuación sobre parámentos verticales: aislante reflectante contiguo a radiador, tapiz de lana, actuaciones reversibles para incidir sobre mejoras térmicas, anticondensación, antihumedad, etc.

Actuación sobre acristalamientos y carpinteria: láminas de control solar, ribetes, aislante para caja de persiana, cortinas especiales, etc.

Actuaciones para protección solar: persiana de cadeneta.

Actuaciones sobre el suelo: estera.

Actuaciones sobre la iluminación: cambio de bombillas

Línea 2: Ayudas dirigidas a personas propietarias que se encuentran en situación de pobreza energética.

Esta ayuda puede ir destinada a:

Compra de electrodomésticos de alta eficiéncia y bajo consumo energético

Soluciones de bajo coste y que pueden tener incidéncia especial y material sobre la vivienda pero que en ningún caso hace falta licencia de obras, según estudio realizado por personal especializado:

Actuación sobre paramentos verticales: extrasdosados de diferentes características, aislante reflectante contiguo a radiador, tapiz de lana, revestimientos continuos con pintura con caracteristicas térmicas, anticondensación, etc ..

Actuación sobre acristalamientos y carpintería: sustitución de carpintería, sustitución del acristalamiento, láminas de control solar, ribetes, aislante para caja de persiana, cortinas especiales, etc.

Actuaciones para protección solar: toldos, contraventana, persiana de cadeneta, etc.

Actuación sobre los techos: trasdosado de diferentes materiales, pintura térmica sobre el tejado.

Actuaciones sobre el suelo: tarima flotante, alfombras …

Actuaciones sobre la iluminación: cambio de bombillas.

Requisitos:

- Estar empadronado/a en uno de los ocho municipios de Menorca con una antelación minima de un año.
- Ser mayor de 18 años y ser una unidad familiar independiente.

- Disponer del bono social al 25% o al 40% o haber solicitado en los últimos 6 meses una ayuda de emergencia para el pago de la factura de la luz o del agua a los SSCB del ayuntamiento de referencia, a Cáritas o a Cruz Roja.

- No disponer de ingresos para atender la situación de necesidad o de emergencia según las condiciones establecidas en la base quinta de las bases de la convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 43
Documento: Bases y Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 30/03/2021
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 43
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento