Ayudas para la mejora de la competitividad de empresas comerciales minoristas.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S09900/14

Norma:

ORDEN FORAL 22E/2014, de 5 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/04/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La renovación y modernización del comercio minorista de Navarra y la mejora de sus infraestructuras para fortalecer el tejido comercial existente, estimular el empleo en el sector e incrementar su competitividad y rentabilidad.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas comerciales minoristas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Inversiones en proyectos de modernización, reforma, renovación, ampliación o traslado de un establecimiento comercial existente.

B) Inversiones en proyectos específicos.

B.1) Servicio de Diagnóstico en Punto de Venta (DPV).

B.2) Proyectos de integración empresarial (PIE).

C) Inversiones en tecnologías de la información y comunicación (TIC).

Requisitos:

1. Que la actividad principal del negocio corresponda a alguna de las siguientes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009) aprobada por el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril:

–Actividades comprendidas entre los grupos 47.11 y 47.79, ambos inclusive.

–Actividades comprendidas en el grupo 45.32, exclusivamente cuando se trate de recambios, repuestos y accesorios nuevos.

2. Quedan excluidas las actividades de comercio al por menor realizadas en establecimientos especializados comprendidas en el grupo 47.30 (combustible para la automoción) y, por requerir autorización o concesión administrativa especial, las comprendidas en los grupos 47.26 (productos de tabaco) y 47.73 (productos farmacéuticos).

3. Que tengan la consideración de pyme de acuerdo con la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.

4. Que hayan venido desarrollando el ejercicio directo de la actividad comercial en Navarra, como mínimo, durante los dos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de la subvención, en el establecimiento comercial para el que se solicita ayuda. A estos efectos se tomará como fecha de inicio de la actividad, la fecha de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el citado establecimiento.

5. No se exigirá el requisito de antigüedad del local en el caso de los supuestos previstos en la Base 13.ª b) y c).

Documentos asociados

Boletín: 17/03/2014
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 52
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento