Ayudas para la mejora de la capacidad de innovación de las empresas en Galicia, a través de la financiación de las actividades integradas en planes de diseño para la innovación y la sostenibilidad y en planes de innovación en procesos y organización (Deseñapeme e Innovapeme), cuya actividad se enmarca en las prioridades estratégicas de la RIS3, y se convoca para el año 2024.

Código de ayuda:

S01600/24

Norma:

RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 13 de marzo de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de las ayudas de la Agencia Gallega de Innovación dirigidas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) con domicilio social o centro de trabajo en Galicia, destinadas a la financiación de las actividades integradas en planes de diseño para la innovación y la sostenibilidad y en planes de innovación en procesos y organización, según su finalidad, mediante las siguientes líneas:

– Línea 1: deseñapeme; planes de diseño para la innovación y la sostenibilidad, con código de procedimiento IN848E (las condiciones particulares se detallan en el anexo I).

– Línea 2: Innovapeme; planes de innovación en procesos y organización, con código de procedimiento IN848D (las condiciones particulares se detallan en el anexo II).

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Agencia Gallega de Innovación (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las microempresas, pequeñas y medianas empresas, así como las entidades del tercer sector de acción social, conforme las definiciones contenidas en el artículo 2, válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud, con domicilio social o un centro de trabajo en Galicia, donde deberán desarrollar las actividades para las que se solicita la ayuda. Las entidades del tercer sector deben tener actividad económica y entrar dentro de la categoría económica de pyme indicada en el punto 3 del artículo 2. 2. Las entidades beneficiarias de las ayudas deberán contar con capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente para la ejecución de la ayuda que se les conceda, cuyas condiciones se determinarán en el Documento que establece las condiciones de la ayuda (DECA), conforme a lo dispuesto en el artículo 23 de la presente resolución.

Documentos asociados

Boletín: 13/02/2024
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 31
Documento: Bases, Convocatoria 2024, y Anexos Descargar Documento
Boletín: 13/02/2024
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 31
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento