Ayudas para la mejora de establecimientos comerciales y de servicios en el ámbito delimitado en el proyecto de intervención integral del barrio de Can Vidalet.

Código de ayuda:

S62064/10

Norma:

Esplugues de Llobregat, 8 de novembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover y apoyar a los titulares de actividades económicas para que el sector comercial sea más activo y competitivo.

La finalidad fundamental de estas ayudas es renovar y modernizar el exterior y el interior de los comercios, creando un entorno lo más atractivo posible para la clientela y para la ciudadanía en general.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Ayuntamiento d'Esplugues de LLobregat (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Con carácter general, el importe máximo de la subvención por establecimiento será del 50% del total de la inversión (IVA excluido).

La cuantía máxima de la subvención será de 3.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas calificadas como PYMES, que sean titulares de una actividad económica o comercial, con establecimiento permanente ubicado en el ámbito del Proyecto de Intervención Integral del barrio Can Vidalet.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas se aplicarán a la realización de mejoras de establecimientos comerciales, modernización de sus instalaciones, de la estética y de la funcionalidad de sus espacios, para hacerlos más cometitivos.

Serán susceptibles de subvencionar:

- Aquellas intervenciones con incidencia en el funcionamiento, la decoración y la estética del establecimiento.

- Las intervenciones que se realicen en el interior de los comercios.

Requisitos:

Las personas beneficiarias deberán estar al corriente de sus obligaciones fiscales y tributarias, de acuerdo con la normtiva vigente, y al corriente del pago de los gastos comunes del edificio.

Documentos asociados

Boletín: 18/11/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5758
Documento: Anuncio. Descargar Documento
Boletín: 18/11/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 00
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento