Ayudas para la mejora de eficiencia energética y generación de energía renovable en comunidades de regantes y comunidades generales de regantes, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Murcia 2014-2020.

Código de ayuda:

S20828/20

Norma:

Orden de 22 mayo de 2020. Orden de 15 de junio de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de agosto de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 300.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas para la mejora de eficiencia energética y generación de energía renovable en comunidades de regantes y comunidades de generales de regantes.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se establece una intensidad de ayuda del 30% sobre el presupuesto de inversión subvencionable indicado en el artículo anterior, hasta una cuantía máxima de ayuda de 300.000 euros por solicitud.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas aquellas comunidades de regantes adscritas al organismo de cuenca de la Demarcación Hidrográfica del Segura, cuyo ámbito de riego se encuentre ubicado mayoritariamente (más del 50%) en la Región de Murcia y sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones y gastos que se consideren subvencionables.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Inversiones destinadas a la generación de energía renovable (fotovoltaica, hidráulica y eólica), como complemento o sustitución de la energía original utilizada para el abastecimiento de la infraestructura comunitaria, bien en instalaciones de autoconsumo con conexión a la red o en sistema aislado, incluidos los equipos electromecánicos, variadores de frecuencia, cuadros eléctricos de control y maniobra, etc., necesarios para el correcto funcionamiento y la adecuada alimentación de la infraestructura comunitaria existente a partir de la instalación de generación de energía renovable proyectada y mejorar su eficiencia energética.

b) Instalación de recuperadores de energía tales como turbinas, etc., que supongan una mejora en la eficiencia energética del sistema original.

c) También podrán ser subvencionables todas aquellas inversiones de mejora de la red colectiva o infraestructura de riego que resulten estrictamente necesarias para posibilitar un aumento en la eficiencia energética de aquella, tal como la sectorización de la zona de riego por sectores de cota o demanda energética homogénea.

d) A su vez, podrá ser subvencionable los carteles de publicidad de la inversión, que se regirán por lo establecido en el anexo III del Reglamento de Ejecución (UE) n.º 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 1305/2013,
modificado por el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 2016/669 de la Comisión, de 28 de abril de 2016.

Documentos asociados

Boletín: 27/05/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 121
Documento: Bases Reguladoras 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/06/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 141
Documento: Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 20/06/2020
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 141
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento