Ayudas para la investigación en el ámbito de la Salud Mental en la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2010.

Código de ayuda:

S23591/10

Norma:

ORDEN 2/2010, de 31 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar ayudas para trabajos científicos basados en la evidencia aplicables directamente a la actividad asistencial de la Agència Valenciana de Salut de la Conselleria de Sanidad. Las investigaciones no podrán ser de enfoque mayoritariamente teórico, y tendrán una vertiente centrada en el beneficio directo de los pacientes; primándose aquellos proyectos de investigación que evidencien la eficiencia en la práctica asistencial. Los proyectos de investigación deberán versar sobre los temas prioritarios en el ámbito de la investigación aplicada en salud mental en la Comunitat Valenciana que a continuación se desarrollan:

– Investigación aplicada en psicopatología infanto-adolescente.

– Investigación aplicada a la prevención de la cronicidad del Trastorno Mental Grave.

– Investigación aplicada en psicogeriatría

– Investigación aplicada a eficiencia de recursos

– Investigación en coordinación asistencial como garantía de continuidad de cuidados

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Sanidad Universal y Salud Publica (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los beneficiarios previstos en los presupuestos de la Generalitat para 2010: sociedades científicas, universidades, centros de formación, públicos o privados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas previstas en esta convocatoria se destinarán a cubrir los gastos que se relacionan a continuación, siempre que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada,
estén debidamente especificados en la solicitud y se realicenen el plazo establecido en la presente orden:

– Gastos derivados de la contratación de personal en régimen de formación para el desarrollo de las actuaciones investigadoras. No podrán tener vinculación de carácter funcionarial, estatutario o contractual
con la entidad beneficiaria.

– Gastos de adquisición de bienes y contratación de servicios externos, que incluirán las compras de material fungible y demás gastos complementarios, siempre que sean necesarios para la investigación, no incluyendo en ningún caso las compras de material inventariable ni la asistencia a congresos.

– Gastos de funcionamiento necesarios para el desarrollo de las actividades. Estos gastos, en su conjunto, no superarán el 15% del importe total concedido a la entidad.

Documentos asociados

Boletín: 13/04/2010
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6244
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento