Ayudas para la investigacion en el ambito de la Salud Mental en la Comunitat Valenciana.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S23755/11

Norma:

ORDEN 4/2011, de 7 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/05/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, la concesión de ayudas para la investigación en el ámbito de la salud mental y aprobar las bases por las que se regirán.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Sanidad Universal y Salud Publica (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Estos gastos, en su conjunto, no superarán el 15% del importe total concedido a la entidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las sociedades científicas, universidades, centros de formación, públicos o privados.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de investigación que deberán versar sobre los temas prioritarios en el ámbito de la investigación aplicada en salud mental en la Comunitat Valenciana que a continuación se desarrollan:

– Investigación aplicada en psicopatología infanto-adolescente.

– Investigación aplicada a la prevención de la cronicidad del trastorno mental grave.

– Investigación aplicada en psicogeriatría.

– Investigación aplicada a eficiencia de recursos.

– Investigación en coordinación asistencial como garantía de continuidad de cuidados.

Las ayudas previstas en esta convocatoria se destinarán a cubrir los gastos que se relacionan a continuación, siempre que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada,
estén debidamente especificados en la solicitud y se realicen en el plazo establecido en la presente orden:

– Gastos derivados de la contratación de personal en régimen de formación para el desarrollo de las actuaciones investigadoras. No podrán tener vinculación de carácter funcionarial, estatutario o contractual con la entidad beneficiaria.

– Gastos de adquisición de bienes y contratación de servicios externos, que incluirán las compras de material fungible y demás gastos complementarios, siempre que sean necesarios para la investigación,
no incluyendo en ningún caso las compras de material inventariable ni la asistencia a congresos.

– Gastos de funcionamiento necesarios para el desarrollo de las actividades.

Documentos asociados

Boletín: 26/04/2011
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 6507
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento