Ayudas para la investigación en áreas preferentes relacionadas con la promoción del empleo, las políticas de inserción social y la Justicia.

Código de ayuda:

S31955/06

Norma:

ORDEN de 27 de julio 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/10/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente Orden es la regulación de las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, podrá otorgar durante el ejercicio 2006 para la realización de actividades de investigación, difusión y comunicación mediante cualquier soporte, especialmente el audiovisual, que se desarrollen en la Comunidad Autónoma del País Vasco en áreas relacionadas con la promoción del empleo, las políticas de inserción social y, de forma preferente, con la recuperación de la Memoria histórica, el 70 aniversario del comienzo de la Guerra civil, su incidencia en los derechos Humanos, y en general, los valores de la Justicia.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social financiará, total o parcialmente, mediante
subvenciones a fondo perdido, el coste neto de los proyectos que resulten aprobados, sin que en ningún caso se supere el límite de sesenta mil (60.000) euros por proyecto presentado y por persona o entidad beneficiaria, en el caso de ayudas relacionadas con el párrafo primero del apartado Acciones subvencionables, cuantía que será de veinticinco mil (25.000) euros en lo relativo a ayudas relacionadas con el párrafo segundo del apartado Acciones subvencionables.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades investigadoras sin ánimo de lucro que radiquen en la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como los investigadores vinculados a las mismas.

b) Las Facultades, Escuelas e Institutos Universitarios de Investigación y otros centros docentes, todos
ellos radicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

c) Las personas jurídicas privadas, con o sin ánimo de lucro, radicadas en la Comunidad Autónoma del País
Vasco que desarrollen proyectos de investigación o de difusión y comunicación de investigaciones relacionadas con el objeto de esta convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Las actividades de investigación, difusión o comunicación, que dentro del ámbito de las funciones y áreas de actuación competencia del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, se orienten hacia la recuperación de la Memoria histórica, el 70 aniversario de la Guerra civil y su incidencia en la situación de los Derechos Humanos.

2. Podrán igualmente ser objeto de ayuda las actividades de investigación, que dentro del ámbito de las
funciones y áreas de actuación competencia del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, se
orienten a mejorar las políticas de acceso al empleo de colectivos desfavorecidos y, en general, las políticas de inserción social, siempre que estén relacionadas con las siguientes áreas de investigación:

a) Impacto de los procesos de globalización sobre el empleo en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Futuro de la industria y del sector servicios en el contexto de los nuevos cambios en la economía mundial.

b) Estudio de las manifestaciones del racismo contra la población inmigrante en la vida cotidiana y propuestas para prevenir estas situaciones.

Requisitos:

Las acciones de investigación, difusión o comunicación objeto de ayuda según la presente Orden deberán
iniciarse durante el año en curso y finalizar con anterioridad al 30 de septiembre de 2007.

Documentos asociados

Boletín: 05/09/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 169ZK
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Solicitud Descargar Documento