Ayudas para la intervención de plantas aromáticas para mejora de la biodiversidad en Castilla-La Mancha a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027.

Código de ayuda:

S10837/25

Norma:

Resolución de 22/04/2025. Orden 38/2025, de 14 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de abril de cada año.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar por el procedimiento de tramitación anticipada, en el año 2025 las ayudas iniciales y anual de pago al Plantas aromáticas para mejora de la biodiversidad en Castilla-La Mancha establecidas en la Orden 38/2025, de 14 de marzo de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la intervención de Plantas aromáticas para mejora de la biodiversidad en Castilla-La Mancha a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda anual correspondiente a la intervención de Plantas aromáticas para mejora de la biodiversidad en Castilla-La Mancha en función del tipo de cultivo es de:

- Lavanda y lavandín: 155 euros/ha.
- Salvia: 125 euros/ha.

Las ayudas serán cofinanciadas por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Unión Europea a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), en los porcentajes establecidos en el Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027, que son del 14%, 6% y 80% respectivamente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas titulares de explotaciones agrarias ubicadas en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, tanto personas físicas como jurídicas o grupos de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, en los términos previstos en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y cumplan los requisitos establecidos en el apartado tercero de la Resolución.

Requisitos:

Las personas beneficiarias deben disponer de una superficie mínima de 0,5 ha de cultivo de lavanda, lavandín y/o salvia.

Documentos asociados

Boletín: 21/03/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 56
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 29/04/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 81
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 29/04/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 81
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento