Ayudas para la intervención de plantas aromáticas para mejora de la biodiversidad en Castilla-La Mancha a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027.
Código de ayuda:
S10837/25Norma:
Resolución de 22/04/2025. Orden 38/2025, de 14 de marzo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de abril de cada año.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar por el procedimiento de tramitación anticipada, en el año 2025 las ayudas iniciales y anual de pago al Plantas aromáticas para mejora de la biodiversidad en Castilla-La Mancha establecidas en la Orden 38/2025, de 14 de marzo de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la intervención de Plantas aromáticas para mejora de la biodiversidad en Castilla-La Mancha a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), previstas en el Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Desarrollo Rural
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Ganaderia y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la ayuda anual correspondiente a la intervención de Plantas aromáticas para mejora de la biodiversidad en Castilla-La Mancha en función del tipo de cultivo es de:- Lavanda y lavandín: 155 euros/ha.
- Salvia: 125 euros/ha.
Las ayudas serán cofinanciadas por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y la Unión Europea a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), en los porcentajes establecidos en el Plan Estratégico Nacional de la Política Agrícola Común para el periodo 2023-2027, que son del 14%, 6% y 80% respectivamente.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Comunidades de bienes / propietarios
- Empresas (más de 250 empleados)
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones y Cooperativas Agrarias
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán beneficiarse de estas ayudas las personas titulares de explotaciones agrarias ubicadas en la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, tanto personas físicas como jurídicas o grupos de personas físicas o jurídicas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, en los términos previstos en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, y cumplan los requisitos establecidos en el apartado tercero de la Resolución.Requisitos:
Las personas beneficiarias deben disponer de una superficie mínima de 0,5 ha de cultivo de lavanda, lavandín y/o salvia.Documentos asociados
Boletín:
21/03/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 56
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 56
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
29/04/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 81
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 81
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
29/04/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 81
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 81
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento