Ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S02037/23

Norma:

DECRETO 141/2022, de 30 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de las ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior destinadas a la pequeña y mediana empresa extremeña, dirigidas a fomentar su internacionalización y fortalecer sus capacidades digitales en la dirección de los mercados exteriores, así como realizar la primera convocatoria para el ejercicio 2023.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Cooperación empresarial
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Con carácter general, las ayudas consistirán en una subvención del 75% de los gastos elegibles, a excepción de las actividades de participación en ferias comerciales de carácter internacional, tanto de manera presencial como virtual, y de consultoría para la internacionalización digital y posicionamiento orgánico SEO internacional, en las que la intensidad de ayuda será de 50% de los gastos elegibles. El importe máximo de ayuda que podrá recibir un mismo beneficiario por convocatoria no podrá exceder de 30.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Personas físicas y jurídicas que tengan la consideración de pequeña y mediana empresa y que ejerzan una económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

También serán beneficiarios las asociaciones empresariales, así como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la ayuda y que ejerzan una actividad económica propia en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Los beneficiarios deberán desarrollar en Extremadura actividades de transformación, de fabricación, de construcción, de instalación y de producción, así como de comercio al por mayor y de servicios, excluidos los de intermediación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los proyectos integrales de internacionalización, los planes de acción exterior o las operaciones puntuales que encuadren una o varias de las actividades siguientes:

a) Participación en ferias comerciales de carácter internacional, tanto de manera presencial como virtual.

b) Misiones comerciales prospectivas o directas.

c) Misiones comerciales inversas.

d) Implantación en el exterior.

e) Registro de patentes y marcas en el exterior, así como homologaciones y certificaciones necesarias para la comercialización internacional de los productos.

f) Licitaciones internacionales.

g) Publicidad en el exterior, incluyendo campañas promocionales y publicitarias en medios digitales internacionales.

h) Presentaciones de productos, desfiles, demostraciones técnicas y talleres en vivo, así como otras acciones promocionales tanto de carácter presencial como virtual en los mercados de destino.

i) Consultoría para la internacionalización digital y posicionamiento orgánico SEO internacional.

j) Modificación, ampliación y reforma de la página web.

k) Material promocional en formato digital enfocado a mercados exteriores.

En cualquier caso, la inversión mínima subvencionable habrá de alcanzar la cantidad de 1.000 euros (IVA excluido).

Documentos asociados

Boletín: 02/01/2023
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 1
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2023 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 02/01/2023
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 1
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento