Ayudas para la instalación de infraestructuras de recarga para vehículos eléctricos en la Comunidad de Madrid.

Código de ayuda:

S53564/18

Norma:

ACUERDO de 9 de octubre de 2018. ORDEN de 11 de octubre de 2018. ORDEN de 29 de marzo de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de noviembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El presente Acuerdo tiene por objeto regular el contenido y el procedimiento de concesión directa de ayudas destinadas a la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, con objeto de fomentar y hacer viable el uso de este tipo de vehículos, permitiendo así la diversificación de las fuentes energéticas en el transporte, la consiguiente reducción de la dependencia energética del petróleo y reducciones significativas de emisiones de gases contaminantes.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía, Empleo y Competitividad (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El límite máximo de la ayuda será de 50.000 euros por proyecto y 100.000 euros por beneficiario.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades deportivas
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

a) Los ayuntamientos, organismos autónomos locales, entidades públicas empresariales locales, sociedades mercantiles locales cuyo capital social sea de titularidad pública.

b) Las empresas, empresarios autónomos y otras personas jurídicas, excluidas las sociedades civiles y las comunidades de bienes.

c) Las personas físicas y las comunidades de propietarios.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) los sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos en la modalidad de adquisición directa, para recarga convencional, semirrápida, rápida y ultra rápida, y para los siguientes usos:

1.o Uso público en sector no residencial (aparcamientos públicos, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, centros deportivos, etc.).

2.o Uso privado en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a su propia flota.

3.o Uso público en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a sus trabajadores y clientes.

4.o Uso público en vía pública, ejes viarios urbanos e interurbanos y empresas.

5.o Uso público en red de carreteras.

6.o Uso privado en el sector residencial (edificios de viviendas, viviendas unifamiliares, etc.).

b) En el caso de aparcamientos o estacionamientos colectivos en edificios existentes de régimen de propiedad horizontal, la preinstalación eléctrica para la recarga de vehículo eléctrico que incluya una conducción principal por zonas comunitarias (mediante tubos, canales, bandejas, etc.), de modo que se posibilite la realización de derivaciones hasta las estaciones de recarga ubicadas en las plazas de aparcamiento, tal y como se describe en el apartado 3.2 de la (ITC) BT-52 del Reglamento electrotécnico para baja tensión.

Documentos asociados

Boletín: 19/10/2018
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 250
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 05/11/2018
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 264
Documento: Crédito disponible Descargar Documento
Boletín: 15/04/2019
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 89
Documento: Crédito disponible 2019 Descargar Documento